A cinco años de la muerte de Daniel Zamudio: Las críticas del Movilh e Iguales a la Ley Antidiscriminación
- Por Oliver Rodríguez
Por Oliver Rodríguez.
Cinco años han transcurrido desde la muerte del joven Daniel Zamudio producto del brutal ataque homofóbico sufrido a manos de un grupo de jóvenes en el Parque San Borja de la comuna de Santiago, donde, tras varias horas de golpes, sufrió heridas que finalmente no podría soportar.
El impacto que provocó este asesinato en la sociedad fue suficiente para agilizar la tramitación de la Ley Antidiscriminación, rebautizada como “Ley Zamudio”. Hoy, sin embargo, las principales organizaciones de defensa de los derechos de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT), pese a reconocer avances sociales en materia discriminación, manifiestan su abierta disconformidad con la norma legal, asegurando que, por lo menos, está “coja”.
En efecto, según datos del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), desde la entrada en vigencia de la Ley Zamudio, otras 18 personas LGBT han sido asesinadas, mientras que de las 245 demandas presentadas invocando dicha norma, solo 13 han terminado con fallos favorables.
“Los 18 crímenes ocurridos después del fallecimiento de Daniel, nos muestran que la homofobia y transfobia siguen matando en Chile. En este contexto, es urgente y necesario que el Estado reforme la Ley Zamudio, pues si bien en el ámbito preventivo ha servido, en el campo de las sanciones es débil. A tal punto, que sólo una vez se ha aplicado al agravante de delito motivado por odio”, señala el vocero del Movilh, Óscar Rementería.
Desde la Fundación Iguales, en tanto, plantean que, además de las falencias en la dimensión estrictamente judicial de la norma legal, esta carece de un órgano estatal que respalde sus preceptos.
“La ley no crea una institucionalidad específica encargada de prevenir y erradicar la discriminación. No tiene por qué ser un organismo nuevo, si no que se le puede entregar a uno que ya exista, puede ser la Subsecretaría de Derechos Humanos o el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Opciones existen”, manifiesta el presidente de Iguales, Juan Enrique Pi.
Ambos dirigentes coinciden en que la otra parte negativa de la Ley Antidiscriminación se vive en los tribunales, propiamente tal. Pues, esta “multa al denunciante si no se comprueba discriminación y se obliga a víctima a probar el abuso”, sostiene Rementería.
Paralelamente, desde Iguales, Pi manifiesta que la norma “impide a la victima de discriminación, pedir una indemnización de perjuicios en el mismo procedimiento. La única sanción es una multa a beneficio fiscal contra la persona que discrimina, pero la victima queda desprotegida”.
En enero pasado, la Presidenta Michelle Bachelet oficializó el acuerdo celebrado con el Movilh respecto al envío de una reforma a la Ley Zamudio, a fin de mejorar sus pasajes cuestionados y, tal vez, dejar de ser considerada como una norma de “débil impacto”, como aseguró Rementería.
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