Consejo de Transparencia ordena a Carabineros revelar dotación de efectivos a nivel nacional
- Por Mario Valle
Por Jorge Molina Sanhueza
El Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenó a Carabineros de Chile entregar la dotación nacional de efectivos que constan en sus registros, luego de resolver el amparo de acceso a la información, presentado por un particular. La determinación adoptada el pasado 15 de noviembre, señala que los datos deben ser desagregados por cada una de las plantas que existen en la institución desde 2010 a 2016.
De acuerdo al fallo -al que accedió AhoraNoticias.cl- la institución sobrepasó la noción de reserva y secreto, lo que implica evitar el debido control social y fiscalización ciudadana respecto a la concordancia que debe existir entre la labor policial y las políticas públicas.
Para sustentar sus dichos, Carabineros invocó una norma del Código de Justicia Militar instaurada en 1987, aludiendo a que entregar los datos solicitados afectaría sus funciones, como también las tácticas y estrategias para el desarrollo de su trabajo.
Sin embargo, el CPLT argumentó que la información que produce el Estado “se presume pública”, salvo las referidas a criterios de seguridad nacional, entre otros. La resolución sentencia que de aceptar el mentado criterio institucional afectaría el sentido de la ley del ramo.
“(?) de aceptar la interpretación del órgano reclamado, se entregaría la determinación de tal carácter a la pura discrecionalidad del órgano requerido (?) privando a este Consejo de elementos relevantes para ponderar si la afectación dañosa alegada tiene la magnitud y especificidad suficientes como para justificar la reserva”, se lee en la resolución.
Análisis comparativo
A renglón seguido, el CPLT asegura que levantar el velo del secretismo a la dotación, “cede en beneficio de la transparencia necesaria para el legítimo control social (?) respecto de la aplicación de políticas de distribución de la dotación policial total y desagregada por planta en lo últimos 6 años”.
Y agregó: “Además, este Consejo estima que la divulgación de la información consultada permite, igualmente, ejercer el necesario control social respecto del cumplimiento de la función pública desempeñada por la institución, en particular sobre el modo que distribuye la dotación policial a nivel de planta y los criterios de política pública que la justifican, teniendo en consideración las diversas variables vinculadas a niveles de victimización, tasas de denuncias de delitos, prevención u otros, y su concordancia con los planes de seguridad pública y prevención de la violencia y el delito”.
A mayor abundamiento, el CPLT hizo una comparación con los niveles de transparencia sobre el número de efectivos que opera en países como España y sus comunidades autónomas y Estados Unidos, principalmente en Nueva York.
En la misma línea, el órgano revisor indicó que en las leyes que aumentaron la dotación de Carabineros en 2006; 2011 y 2014 aparece claramente establecida la cantidad de nuevos funcionarios. Suman, según el fallo, 19.774.
El organismo hizo una seria recomendación al director general de Carabineros, en orden a “promover y fomentar los procesos de publicidad y transparencia sobre la planta del personal y dotación de su institución”.
Como ha ocurrido en casos anteriores, cuando la policía uniformada ha negado la entrega de información, la decisión del CPLT llegará, en primera instancia, a la Corte de Apelaciones de Santiago y finalmente a la Suprema. Este tribunal superior zanjará definitivamente el asunto.
Carabineros, al ser consultado por este medio, indicó que harán entrega de la información una vez que el fallo sea resuelto por todas las instancias judiciales.
“Negación debe ser justificada”
El presidente del organismo José Luis Santa María, al ser consultado por este medio, recalcó la importancia de la decisión, ya que esta apunta "a que las instituciones profundicen el acceso a la información y abandonen el secretismo".
Respecto del alcance del dictamen, explicó: “Tal como ha sido la posición constante del CPLT, resoluciones como esta validan la importancia del derecho a la información de todos los ciudadanos, porque garantiza y promueve el control social sobre las instituciones. Para nosotros, la información de los órganos de la Administración del Estado es pública y su divulgación es siempre una necesidad fundamental”.
Consultado a si el CPLT ya tiene un criterio definido sobre la falta de fundamentación que usan las instituciones para usar el secreto y la reserva de información, Santa María apuntó que todo se analiza caso a caso.
“No existe un criterio, pero cuando hay una negación de información, esta tiene que ser justificada. En ese sentido, no basta con apelar a una causal de secreto. De hecho, en la Ley de Acceso a la Información se explicita que las justificaciones deberán ser fundadas, especificando la causa legal invocada y las razones que en que cada caso motiven su decisión”.
Sin embargo, al ser requerido sobre el estándar de calidad usado por las policías en materia de revelación de información pública, Santa María estimó que existe un “avance muy destacable”.
De todas formas, hizo un llamado: “Ahora, claramente siempre hay trabajo por hacer y materias en las cuales se puede seguir mejorando. Buenos ejemplos de probidad y transparencia entre las instituciones policiales ya existen en otras partes del mundo y estamos convencidos de que entre más transparente sea una institución, mejor desempeño y valoración logra entre los ciudadanos”.
El absurdo
En tanto, el director ejecutivo del capítulo chileno de Transparencia Internacional, Alberto Precht, también valoró la decisión del CPLT. Indicó al respecto que la decisión se suma al estándar que deben observar las instituciones del Estado como “principio rector de la transparencia de los actos”.
“Carabineros no justifica cómo la entrega de la información requerida puede afectar su funcionamiento o la seguridad nacional... el que todos los chilenos conozcamos algo que es tan básico y obvio, y demás conocido en muchos países del mundo, como es la cantidad de carabineros que existe en la dotación. Además cita una norma (del Código de Justicia Militar) que es anterior a la vigencia de la Ley de Acceso a la Información”, indicó.
Precht vaticinó que si el criterio institucional de aludir al secretismo se mantiene en el tiempo, existe una posibilidad de que otros órganos del Estado hagan lo mismo. “Por ello podríamos llegar al absurdo de que todo lo que se le solicite es secreto”, sentenció el profesional.
Lea el fallo completo del Consejo para la Transparencia.
Fallo Consejo de la Transparencia by AN Mega on Scribd
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