Corte Suprema por libertades condicionales: "Es un derecho reconocido por ley, no un mero beneficio"

  • Por Oliver Rodríguez

“La libertad condicional es un derecho reconocido por la ley a las personas condenadas y no un mero beneficio”. Así comienza la declaración que el Tribunal pleno de la Corte Suprema emitió en virtud de la polémica suscitada por la liberación de los más de 1800 reos por parte de diferentes Cortes de Apelaciones.

El vocero (s) de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, sostuvo que “la libertad condicional es un modo de cumplir la condena, pero en libertad, según lo dice el artículo 1° del DL 321 de 1925, al señalar: "Se establece la libertad condicional, como un medio de prueba de que el delincuente condenado a una pena privativa de libertad y a quien se le concede, se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social"”.

A su vez, el Tribunal explicó el número de reos liberados, indicando que “las postulaciones para el reconocimiento de este derecho han aumentado en los últimos años y, como consecuencia de ello y de la estricta aplicación de criterios objetivos, también la cantidad de resoluciones favorables”.

ABIERTOS A CAMBIOS

A su vez, el Máximo Tribunal expresó que “este sistema y sus procedimientos son, por cierto, susceptibles de modificaciones que los mejoren y hagan más expeditos”, añadiendo que celebrarán “cualquier iniciativa dirigida a esos propósitos y colaborará con ello dentro de sus atribuciones”.

Por último, Cisternas expresó que “El Tribunal Pleno ha tomado conocimiento y respalda la decisión del Presidente de concurrir a la invitación que le formulara el Parlamento para el tratamiento de este asunto”.

También te puede interesar

Lanzan cabezas de pescado y pintura a pileta de La Moneda en apoyo a pescadores de Chiloé