Corte española confirma polémica condena para integrantes de La Manada
- Por Rodrigo Miño
Agencia AFP
El Tribunal Superior de Navarra confirmó este miércoles la polémica sentencia a nueve años de prisión para los cinco jóvenes de La Manada por abuso sexual, aunque dos de cinco de sus jueces consideraron que serían culpables del delito más grave de violación.
La Corte española ratificó así la condena contra los sevillanos, quienes penetraron sucesivamente a su víctima, entonces de 18 años, en el portal de un edificio de Pamplona durante la fiesta de los Sanfermines en julio de 2016.
Los cinco jóvenes se grabaron a sí mismos con sus teléfonos móviles y alardearon de los hechos en un grupo de WhatsApp en el que se hacían llamar La Manada.
La polémica se ocasionó cuando en abril pasado, los españoles fueron sentenciados en primera instancia a nueve años de prisión cada uno por "un delito continuado de abuso sexual". Los jueces descartaron la calificación de violación en los hechos al no observar intimidación.
Dicha sentencia provocó una ola de manifestaciones en España, donde el movimiento feminista ha cobrado especial fuerza en los últimos años. Poco antes, el 8 de marzo, el país había vivido una inédita huelga en defensa de los derechos de las mujeres en la que participaron millones de personas.
Tanto la acusación como los condenados, que habían quedado en junio en libertad provisional desatando nuevas protestas, apelaron la decisión de primera instancia.
DOS JUEVES PIDEN UNA CONDENA MAYOR
Este miércoles, el tribunal anunció que confirmaba la sentencia, al estimar que no hubo violencia en los hechos y de que era muy difícil discernir si hubo intimidación al no existir un manifiesto uso de la fuerza o amenazas hacia la víctima.
"La víctima adoptó una actitud de sometimiento y pasividad", indicó la corte en un comunicado, a lo que según el Código Penal español, debe existir intimidación y violencia para que un hecho se considere violación.
No obstante, dos de los cinco jueces, todos hombres, del tribunal, emitieron opiniones discrepantes.
Ambos jueces estimaron que se trató de "un acto de intimidación y coacción creado por todos ellos, tendiendo una encerrona a la víctima, teniendo en cuenta la prácticamente nula posibilidad de ésta de huir y/o escapar", señaló el texto.
Añadieron que creían que se trató de una agresión sexual agravada (violación) a la luz de los actos "degradantes" que infligieron a la víctima y el hecho de que la dejaron "medio desnuda" y uno de los jóvenes le sacó las tarjetas de memoria al celular.
Los jueces discrepantes concluyeron que los cinco jóvenes debían haber sido condenados a más de catorce años de cárcel, mientras que los fiscales pedían una pena de 22 años y 10 meses.
Los cinco jueces del Tribunal Superior de Navarra decidieron asimismo que el hecho de que los acusados hayan grabado sus actos violó la privacidad de la víctima, ordenando a la corte de primera instancia emitir otra sentencia por ese delito.
Tanto la acusación como la defensa pueden aún recurrir ante el Tribunal Supremo español.
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