Copa América: La nueva ley de violencia en los estadios explicada paso a paso
- Por Fernando Pérez Gamboa
La nueva ley que rige los espectáculos de fútbol profesional fue promulgada este martes 9 de junio y comenzará a aplicarse con el primer partido de la Copa América, Chile contra Ecuador, el próximo jueves 11 de junio a las 20:30 horas.
Para entender los cambios que trae la ley, es importante conocer un poco de la historia de este cuerpo legal que, con esta, ya ha sufrido 3 modificaciones en sus 21 años de vida.
En este "Preguntas y Respuestas" aprovechamos la contingencia para recordar algunos de los puntos que vale la pena conocer de esta ley, tanto para la información de los hinchas locales como extranjeros.
¿Qué es la Ley de Violencia en los Estadios?
La ley número 19.327 fue promulgada el 24 de agosto de 1994 y se llamaba "Ley que fija normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional". Ahora se llamará "Ley de deberes y derechos para los asistentes y organizadores con ocasión de espectáculos de fútbol".
Con la reciente modificación, han sido tres los grandes cambios que ha tenido: la primera, en mayo de 2002, que la adecuó la ley para actuar dentro de la Reforma Procesal Penal y otra durante el año 2012, cuando se agregaron y modificaron varios artículos, con especial énfasis en la seguridad antes, durante y después de los encuentros. El 9 de junio de 2015, aprovechando la contingencia de la Copa América, se promulgó una tercera modificación, que amplía la aplicación de la ley a hechos conexos, un régimen sancionatorio efectivo y estatutos de derechos y deberes de los hinchas.
¿Cuáles son los principales cambios con esta nueva modificación?
-Cambio de nombre que refleja el espíritu de la ley.
-Nuevo catálogo de deberes y derechos para los hinchas del fútbol.
-Se integraron hechos conexos a los espectáculos de fútbol profesional. Ahora, si se cometen delitos o faltas durante los entrenamientos, traslados y festejos se podrá aplicar la ley. Además, se agrega como delito el secuestro de buses.
-Habrá sanciones para los organizadores de fútbol profesional en caso de no cumplir la ley: multas que van desde las 1 a las mil Unidades Tributarias Mensuales y que se pueden duplicar en caso de reincidencia.
-Se regula el derecho de admisión y se establecen especificaciones. También se agrega la solidaridad en su ejercicio, es decir, si un club aplica derecho de admisión, todos los demás clubes lo hacen. la ley exige ahora el derecho de admisión.
-Los organizadores de espectáculos tendrán ahora que crear o habilitar accesos diferenciados para grupos familiares, personas que asistan con niños, tercera edad y discapacitados.
-Los Intendentes tendrán nuevas facultades, ya que podrán rechazar la programación de un espectáculo de fútbol profesional además de revocar la autorización, debiendo comunicar su decisión a carabineros, el organizador y árbitros.
-Determina nuevas facultades para los guardias de seguridad privados.
-Para cualquier realización de algún espectáculo de fútbol profesional se deberá realizar con, a lo menos, 72 horas de anticipación. Con excepción de algunas ocasiones especiales y por razones justificadas.
-Se ingresaron sanciones por discriminación o xenofobia en el marco de un espectáculo de fútbol profesional.
-Se creará un registro de las prohibiciones judiciales de ingreso a los estadios y del derecho de admisión ejercido por los clubes. Este documento estará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
-Carabineros tendrá nuevas funciones, al ser declarado como supervigilante para el cumplimiento de la normativa.
Según la ley ¿Qué se entiende por "inmediaciones del estadio"?
Es la distancia de mil metros perimetrales medida desde el estadio.
¿Cuáles son las principales faltas y penas que regula esta ley?
Lesiones y daños en el estadio, o en sus inmedaciones, tendrán una pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años). La misma pena regirá para quienes porten armas, elementos u objetos idóneos para provocar lesiones o daños.
Otros delitos cometidos en el marco del espectáculo deportivo, como desórdenes públicos, amenazas, homicido, robo con violencia y con intimidación, serán sancionados con la pena señalada por la ley al delito correspondiente. Si alguien se encuentra siendo procesado por alguno de estos delitos, el juez puede decretar la prohibición de asistir a cualquier espectáculo de fútbol profesional mientras dure el proceso.
Además, se puede inhabilitar a una persona hasta por quince años para ser dirigente de un club deportivo de fútbol profesional y también con la prohibición de asistir a cualquier espectáculo de fútbol profesional por un periodo de dos a cuatro años (este periodo aumentó con la promulgación de la nueva ley), en principio, aunque dependiendo de la gravedad del delito, este plazo puede subir hasta los 15 años. En caso de reincidencia, la inhabilitación se elevará al doble.
¿Quiénes son responsables de los daños?
Las organizaciones deportivas profesionales.
¿Qué otras actitudes están sancionadas?
-Irrumpir sin autorización en el terreno de juego
-Porte, active o lance de bengalas, petardos o productos inflamables, corrosivos o que generen humo.
-Realizar conductas que produzcan la interrupción del partido o el retraso en su inicio.
Todas las conductas anteriores están sancionadas con una multa de una a quince Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y, con la reciente modificación, la pena de prohibición de asistir a cualquier espectáculo de fútbol profesional quedó de uno a dos años.
¿Cuáles son las sanciones en caso de porte y consumo de drogas?
Prohibición de asistir a cualquier partido por un período de seis meses a un año, sin perjuicio de lo que disponga la Ley de Drogas para el delito cometido.
¿Se castiga la reventa de entradas?
Sí. Quien sea sorprendido revendiendo entradas oficiales será sancionado con una multa de cuatro a 20 UTM.
¿Por qué razones pueden impedirme la entrada al estadio?
En caso de estar bajo la influencia del alcohol, de drogas o en estado de ebriedad.
Foto: AGENCIA UNO.
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