PGU: Por estas razones te pueden suspender el beneficio

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte estatal de hasta $231.732 para jubilados, o hasta $250.275 para mayores de 82 años. Su objetivo es mejorar los ingresos mensuales, aunque su asignación está sujeta a distintas condiciones.

El Instituto de Previsión Social (IPS) tiene la obligación de revisar periódicamente que los usuarios mantengan los requisitos legales, ya que puede aplicar una suspensión al beneficio si se detectan irregularidades o cambios.

¿En qué casos me pueden suspender la PGU?

De acuerdo con ChileAtiende, la suspensión es un proceso en el que se retiene temporalmente el dinero que le corresponde a un beneficiario, pero que es recuperable. Aplica en los siguientes casos:

  • No cobro del beneficio: si el beneficiario deja el dinero acumulado y no lo cobra durante seis meses continuos.
  • Falta de antecedentes: si el IPS solicita documentos para verificar que la persona sigue cumpliendo los requisitos y el usuario no los entrega en un plazo de tres meses desde la fecha de solicitud del IPS.

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En cambio, la extinción definitiva es cuando el pago se cancela para siempre o se entrega mediante una nueva postulación, según corresponda. Aplica en los siguientes escenarios:

  • Salida del país: permanecer fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos durante un mismo año calendario (de enero a diciembre).
  • Cambio socioeconómico: dejar de cumplir el requisito de focalización, es decir, que los ingresos del grupo familiar mejoren y pasen a integrar el 10% más rico de la población.
  • Fraude: entregar datos falsos, incompletos o erróneos para obtener el aporte.
  • Fallecimiento del titular.

¿Qué hago si dejo de recibir la PGU?

Los pasos a seguir dependerán exclusivamente del motivo por el cual el IPS detuvo los pagos:

  • Si fue por no cobro: existe un plazo de seis meses (desde que se emitió la orden de suspensión) para solicitar la reactivación al IPS. Si se deja pasar este tiempo, se aplicará la extinción.
  • Si fue por salir del país: se debe ingresar una postulación nueva, pero solo después de acreditar que volvió a residir en Chile por al menos 270 días en el año inmediatamente anterior a la fecha de la nueva solicitud.

Si el IPS notifica del rechazo, suspensión o extinción de tu PGU y se considera que es un error del sistema, la ley te otorga hasta cinco días hábiles para ingresar un reclamo formal a través de la plataforma de ChileAtiende.

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