Pensión Garantizada Universal: Estas son las razones por las que podrías perder el beneficio

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual al cual bajo previa solicitud pueden optar los mayores de 65 años que no pertenezcan al 10% más rico de la población.

Una de sus principales características es que quienes reciben pensión de otro régimen, como las AFP, y quienes no tienen derecho a pensión, pueden optar por ella. Su monto asciende hasta los $224.004, aunque puede variar.

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Estas son las razones por las que podrías perder la PGU

Si bien la PGU se destaca por su alta cobertura, hay algunos casos en los que quien la recibe puede llegar a perder el beneficio.

Dependiendo del motivo, su pérdida puede llegar a ser temporal o definitiva, por lo que es importante conocer cómo se puede llegar a perder el derecho a pago de la PGU.

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De esta forma, las razones que podrían llevar a que el pago de una persona se suspenda son los siguientes: 

  • El beneficiario no cobra la PGU en seis meses continuos: En estos casos, la persona podrá solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión. Si en ese periodo no se efectúa la solicitud, el Instituto de Previsión Social (IPS) pondrá término al beneficio.
  • No se entregan los antecedentes que permiten acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener la PGU, en el período de tres meses contados desde que se generó la solicitud por parte de IPS.

Por otro lado, el pago de la PGU cesará definitivamente en los siguientes casos:

  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria. La pensión se extinguirá el último día del mes del fallecimiento.
  • Si la persona entrega antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objetivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la PGU.
  • El beneficiario deja de cumplir con el requisito de focalización, es decir, no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.
  • El beneficiario permanece fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).

Cabe destacar que, en el caso de suspensión del beneficio por estar fuera de Chile, el beneficiario puede solicitar nuevamente la PGU acreditando, entre otras cosas, su estadía en el país por un periodo no inferior a 270 días en el año anterior a la fecha de la solicitud de reposición.

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