Anuncian beneficio para deudores hipotecarios con subsidios habitacionales: ¿Cómo acceder a él?
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) anunció un importante beneficio para quienes son deudores hipotecarios, siempre que se hayan adjudicado determinados subsidios habitacionales otorgados por el Estado.
Según señala un reciente decreto, la nueva ayuda es parte del compromiso del Gobierno por iniciar un proceso de subsanación de las deudas, con una solución tripartita entre BancoEstado, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y los propios deudores.
Para acceder a la solución se requiere cumplir con tres requisitos. Luego, todas las personas que reúnan las condiciones serán evaluadas según criterios de vulnerabilidad (porcentaje socioeconómico en el Registro Social de Hogares, ingresos, edad, entre otros).
¿Quiénes son los beneficiarios y en qué consiste la ayuda?
El anuncio está dirigido a los deudores hipotecarios beneficiarios de un subsidio otorgado por el decreto supremo 235 de 1985 —derogado en 2005— o por el decreto supremo 62 de 1984. Si tienen deudas pendientes con BancoEstado, a raíz de créditos o mutuos hipotecarios endosables que la entidad les otorgó para cubrir el precio de la vivienda, obtendrán una subvención equivalente al monto total de su deuda menos el monto del copago.
Además de los mencionados requisitos de que la vivienda haya sido adquirida mediante un subsidio habitacional regido por uno de los decretos, y de tener deudas hipotecarias con BancoEstado para financiar la compra de la propiedad, la tercera condición corresponde a:
- El titular de la deuda, su cónyuge o conviviente civil sean propietarios solo de la vivienda a cuya adquisición o construcción se aplicó el subsidio habitacional. Si la vivienda tuviera asociado un estacionamiento y/o bodega, estos espacios se entenderán comprendidos en ella.
¿Cuáles son los criterios de vulnerabilidad del beneficio?
Con respecto a la evaluación socioeconómica para adjudicar el beneficio, esta se realizará considerando seis criterios de vulnerabilidad, otorgándose un total de 100 puntos (los que lleguen a esa cifra tienen más chances de ser beneficiarios). Tales criterios son:
1) Adulto mayor
- Hombres de entre 60 y 64 años de edad obtendrán 15 puntos.
- Mujeres de entre 60 y 70 años, 25 puntos.
- Hombres de entre 65 y 70 años, 20 puntos.
- Mayores de 70 años, hombres y mujeres, 30 puntos.
2) Índice de dependencia en el hogar
- Si existe una dependencia baja, se otorgarán 5 puntos.
- Una dependencia media, 10 puntos.
- Una dependencia alta, 15 puntos.
3) Monoparentalidad
Si el hogar es monoparental (está conformado por una persona jefa de hogar, sin pareja, junto con sus hijos), se darán 20 puntos.
4) Discapacidad
Si el deudor hipotecario presenta una discapacidad moderada debidamente acreditada, obtendrá 15 puntos. En el caso de las personas discapacitadas postradas, tendrán acceso directo al beneficio, independiente de su puntaje en el resto de los criterios.
5) Porcentaje en el Registro Social de Hogares
Si el deudor hipotecario está en el tramo del 40% más vulnerable del país, según el RSH, se le dará 10 puntos.
6) Ingreso líquido
Por último, si el ingreso líquido es menor o igual a $500.001, el puntaje será de 10 puntos.
No es necesario presentar documentación para el análisis, ya que el Minvu cotejará automáticamente los datos con la información que poseen el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, el Registro Civil, y el Servicio de Impuestos Internos.
¿Cómo acceder a la subvención de las deudas hipotecarias?
El decreto del Minvu señala que los deudores hipotecarios que obtengan más de 50 puntos podrán acceder al beneficio del pago total de su deuda previo copago, el que está definido en número de dividendos y según tramos de deuda. Dicho copago está establecido de la siguiente manera:
- Si el tramo de la deuda es menor o igual que 75 UF, el copago quedará en dos dividendos, pudiéndolos pagar en un máximo de cuatro meses.
- Si el tramo de la deuda es mayor que 75 UF, quedará en seis dividendos, pudiendo pagarlos en seis meses.
Una vez realizado el copago, la deuda se extinguirá luego de finalizados los trámites correspondientes: "El Minvu pagará directamente la subvención a BancoEstado, equivalente al capital adeudado, previa certificación de que el deudor ha cumplido con el copago exigido", detalló el ministerio.
Eso sí, antes que todo, para acogerse a la subvención, los interesados deben esperar la publicación de las resoluciones que establecen las instrucciones del procedimiento, junto con la nómina de beneficiarios, lo que debiera ocurrir dentro de los próximos días.
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