Pensión Garantizada Universal: ¿Desde qué mes cambiarán los requisitos?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico entregado por el Estado que está dirigido a los adultos mayores de 65 años o más, otorgando un monto que asciende a un máximo de $206.173.

Cabe recalcar que este subsidio se otorga independientemente de si son pensionados o no, y quienes son beneficiarios deben cumplir con ciertos requisitos, los cuales tendrán cambios desde el próximo mes (abril) en virtud de la "Ley Corta PGU" aprobada en el Congreso.

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Y es que, por ahora, una de las condiciones indica que el adulto mayor no debe integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años o más. No obstante, la modificación señala que se evaluará que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total.

¿Desde qué mes cambiarán los requisitos?

Según indicó el Ministerio del Trabajo y la Previsión Social, la modificación de la Ley N° 21.419 entrará en vigencia el primer día del tercer mes siguiente a su publicación, esto significa que los requisitos para recibir la Pensión Garantizada Universal cambiarán el 1 de abril de 2023.

De igual forma, el cambio legislativo dispone que el Instituto de Previsión Social (IPS) verificará el estado de todas aquellas personas que realizaron su solicitud para recibir la PGU con anterioridad a la modificación y, en el caso de cumplir, no se les requerirá la presentación de una nueva.

¿Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?

De esta manera, si una persona desea acceder a la PGU a partir de abril, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
  • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a la pensión superior de $1.114.446, determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE). Cabe señalar que la pensión base es un cálculo con antecedentes a la edad de jubilación y no a la pensión que se está recibiendo en el último mes.
  • No ser imponente o pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

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