Inician nuevas postulaciones al Subsidio DS49 en tres regiones: ¿Quiénes lo pueden solicitar?
Desde este jueves 17 de noviembre inicia el segundo proceso de postulación al Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49. Este beneficio permite que las familias más vulnerables del país y que no son dueñas de una propiedad puedan acceder a su primera vivienda, sin necesidad de un crédito hipotecario.
El proceso se realiza 100% en esta página web, mediante Clave Única, y se requiere adjuntar el certificado de mantención de la cuenta de ahorro para la vivienda, solo si esta fue obtenida en una institución bancaria que no sea Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch o la Caja de Compensación Los Andes.
Este trámite es paralelo con las postulaciones que iniciaron el pasado lunes 14 y también durará una semana, así que finalizará después de las primeras solicitudes al subsidio habitacional, cuya fecha de término está calendarizada para el 21 de noviembre.
Cabe recordar que si una persona se adjudica el beneficio, puede aplicarlo en su región de residencia o en cualquier zona de nuestro país.
¿Qué regiones pueden postular desde este jueves 17?
Las personas que pueden postular al Subsidio DS49 a partir de este jueves 17 —y hasta el 24 de noviembre— son todas aquellas que, en el Registro Social de Hogares (RSH), tienen ingresada como residencia las siguientes tres regiones:
- Valparaíso.
- Metropolitana.
- Biobío.
Por lo tanto, entre el 17 y el 24 de noviembre, las postulaciones estarán habilitadas para todos los chilenos y chilenas, además de extranjeros con residencia definitiva en Chile, siempre que cumplan con las condiciones del beneficio, las cuales son:
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente.
- Estar inscrito en el RSH y no superar el tramo del 40% más vulnerable del país.
- Acreditar en el RSH un núcleo familiar —no pueden postular personas solas, a menos que sean personas mayores de 60 años de edad, viudos o viudas, con una discapacidad acreditada ante el COMPIN, con calidad de indígenas o reconocidas en el Informe Valech.
- Tener una cuenta de ahorro con un monto mínimo de 10 UF, el que debía estar depositado antes de las 14:00 horas del 28 de octubre. Si se efectuaron uno o más giros posterior a esa fecha, no se podrá postular.
¿Quiénes no pueden postular al DS49?
Además de las personas que no cumplan con estos requisitos, tampoco pueden postular aquellas que estén sujetas a las siguientes restricciones:
- Están postulando a otro programa habitacional; como el Subsidio DS1, por ejemplo, cuyos resultados de las postulaciones 2022 aún no son entregados.
- Estén con un subsidio habitacional vigente.
- Sean dueños de una propiedad.
- Estén incluidos en un núcleo familiar que resultó beneficiado en los últimos tres años.
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