Subsidio de Discapacidad: ¿Quiénes pueden recibir los $96 mil del beneficio?
Un beneficio que tuvo una importante modificación fue el Subsidio de Discapacidad, pues en agosto incrementó el monto que otorga a todos los menores de 18 años que poseen una discapacidad mental, física o sensorial severa; siempre que no tengan previsión y pertenezcan a familias vulnerables.
Quienes deseen ser beneficiarios del pago mensual, el que desde ahora es de $96.959, primero deben cumplir los requisitos y presentar una serie de documentos para acreditar la identidad del solicitante (el cual puede ser una institución, representante legal, entre otros) y del menor beneficiario.
Este aporte monetario tendrá un nuevo reajuste en febrero de 2023, cuando se actualice según el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
¿Quiénes reciben el Subsidio de Discapacidad?
La ayuda económica se entrega a los menores de 18 años que tengan una discapacidad mental, física o sensorial severa, siendo solicitado previamente por sus representantes (padres o madres, por ejemplo) o por las instituciones o personas que tengan su cuidado personal.
Los otros requisitos son:
- Estar dentro del 60% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Tener residencia continua en el país de, al menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haga la solicitud.
- Tener la resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) que certifique la discapacidad mental o, en su caso, una discapacidad física o sensorial severa del 50%, al menos.
Además de recibir el pago del subsidio, los beneficiarios tienen derecho a recibir asistencia médica gratuita en los establecimientos públicos (no en la red de salud privada).
Por otro lado, los beneficiarios desde los 17 años y 6 meses de edad serán evaluados por el Instituto de Previsión Social (IPS) para verificar si pueden acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
¿Qué necesito para solicitar el subsidio?
Según explica ChileAtiende, las personas solicitantes deben acreditar su identidad y la del menor con discapacidad, presentando una serie de documentos, los que dependerán según sea el caso. A modo general, se requiere:
- Certificado de discapacidad (de la Compin) o del Registro Nacional de Discapacidad.
- Resolución judicial, informe social u otro acreditativo de la situación de cuidados en que se encuentra la persona beneficiaria.
En el caso de que una institución, a cuyo cargo está el menor potencialmente beneficiario, solicite el subsidio, se debe presentar:
- Certificado de vigencia de la sociedad/inscripción de la persona jurídica del Registro Nacional de Discapacidad, según sea el caso.
- Certificado de vigencia del representante legal/personería/decreto de nombramiento, según sea el caso.
- Documento acreditativo de encontrarse el menor beneficiario a cargo de la institución.
- Poder habilitante especial para formular la solicitud y tramitar el subsidio ante el IPS, identificando al beneficiario, el que no podrá extenderse a la facultad de cobrar y percibir, pues el pago en estos casos, solo se efectuará directamente a la institución que tiene a su cargo al menor beneficiario.
Adicionalmente, en el formulario de solicitud deben adjuntarse las siguientes declaraciones:
- Que el menor beneficiario ha tenido residencia en el país por un período continuo de tres años, a partir de esa fecha.
- Que el beneficiario se encuentra bajo un cuidado permanente.
- Que si el menor beneficiario fuere titular de una pensión o causante de una prestación familiar, la solicitud del subsidio hará renunciar a la pensión o la extinción de la prestación, según sea el su caso.
¿Cómo se solicita?
Existen dos maneras en que los potenciales beneficiarios pueden solicitar el Subsidio de Discapacidad. El primero consiste en hacerlo a través de Internet: se debe visitar esta página web (clic aquí) e ingresar el RUT del menor de edad.
El sistema le informará si puede solicitar el aporte mensual; en caso de poder, debe pinchar en "Postular" e indicar el RUT y la Clave Única de la persona a cargo del postulante (padre, madre o representante legal). Posteriormente, corresponde aceptar la declaración jurada y esperar la confirmación del beneficio.
Por otro lado, el segundo método para solicitarlo es a través de una videollamada con un ejecutivo o ejecutiva de ChileAtiende. Se debe rellenar un formulario con los datos personales y de contacto, realizar la prueba de equipo e iniciar la videoatención.
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