Bono por Hijo: Conoce quiénes tienen derecho a recibir los pagos del beneficio

  • Por Meganoticias

El Estado cuenta con diversos beneficios dirigidos a las mujeres, y uno de los más importantes es el Bono por Hijo, cuyo objetivo es aumentar la pensión de la madre a través de la entrega de un aporte monetario por cada hijo nacido vivo o adoptado. 

Los montos no se pagan cuando nace o se adopta al hijo, sino que es entregado junto a la pensión de la beneficiada. En el caso de los hijos adoptivos, el aporte será recibido tanto por la madre biológica como por la madre adoptiva.

¿Quiénes tienen derecho a recibir el beneficio?

Se garantiza el acceso al beneficio a las siguientes madres:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), a contar del 1 de julio de 2009.
  • Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Adicionalmente, deben cumplir otros requisitos, tales como:

  • Tener 65 años de edad cumplidos.
  • Tener residencia en el territorio chileno por 20 años a contar de los 20 años de edad. Además, haber vivido en Chile al menos 4 años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
  • Estar afiliada a una AFP.
  • No tener pensión antes del 1 de julio de 2009.

¿Cuáles son los montos?

Según explica la Superintendencia de Pensiones, el monto corresponde al 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento del hijo), más la rentabilidad anual promedio del Fondo C de AFP.

Cabe precisar que julio de 2009 es la fecha de referencia para calcular el monto que le corresponde a la beneficiaria, el cual considera el monto original y la rentabilidad que generó con el paso del tiempo.

De acuerdo a una ejemplificación de la Superintendencia, si se considera el ingreso mínimo de $165.000 vigente en julio de 2009 y la rentabilidad anual del Fondo C (4,51%), una mujer de 65 años puede recibir un bono de $422.687 por cada hijo.

¿Cómo se solicita el bono?

El monto se puede solicitar de forma virtual en la página web del Instituto de Previsión Social o de manera presencial en la institución previsional a la que está afiliada la mujer (AFP) o en la oficina ChileAtiende más cercana.

Quienes opten por realizar el trámite online deben ingresar a la página web https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/, hacer click en "Pilar Solidario y Bono por Hijo", seleccionar "Bono por Hijo" y luego presionar "ingresar solicitud de bono por hijo".

Finalmente, la solicitante deberá completar los antecedentes requeridos. En caso de que en la solicitud de beneficios no aparezca la Bonificación por Hijo, significa que la postulante no cumple con los requisitos para el bono.

Ver cobertura completa

Todo sobre Beneficio Mujer