Seguro de Cesantía: ¿En qué casos se podrá retirar el total de fondos de su Cuenta Individual?

  • Por Meganoticias

El Gobierno aprobó el proyecto que modifica la actual Ley de Protección al Empleo y que flexibiliza los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía en caso de desempleo, junto con aumentar los porcentajes del pago de este beneficio.

En el caso de los trabajadores que recurran a este procedimiento ante el fin de sus funciones laborales necesitan cumplir los siguientes requisitos:

  • Registrar un mínimo de 3 cotizaciones mensuales continuas inmediatamente anteriores al término del contrato laboral.
  • También se puede optar contando con 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses.
  • Las cotizaciones deben encontrarse pagadas con anterioridad al término del contrato y en cualquier caso, las dos últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.

Además, la modificación a la Ley también ofrece la posibilidad de optar por el retiro total del saldo de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

¿En qué casos se podrá retirar el total de los fondos?

Esta facultad existe para todos aquellos afiliados cesantes, que no cumplan con los nuevos requisitos que se exigen para el Seguro, y que no hayan cotizado al menos en los dos últimos meses en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Bajo este caso, podrán solicitar el retiro total de sus fondos y para realizar este trámite, no se requerirá finiquito, ni documento de cierre de la relación contractual.

Los pagos se efectuarán en las mismas fechas y bajo indénticas tablas que considera el Seguro de Cesantía.

¿Dónde realizar el trámite?

En sus primeros días de vigencia, el proceso se realizará exclusivamente vía web ingresando a www.afc.cl y luego, una semana después, se sumará la posibilidad de realizar el trámite en sucursales y con agendamiento previo en su sitio virtual.

En cuanto a las fechas de pago, estas serán informadas por correo electrónico una vez aceptada la solicitud.

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