Seguro de Cesantía: Cómo se activa el beneficio y a quiénes se le otorga
- Por Meganoticias
El Seguro de Cesantía es el sistema de protección que tienen los trabajadores en caso de quedar sin empleo, el cual brinda prestaciones económicas, coberturas en materia de salud, social y previsional, según el fondo que elijan.
Este beneficio está destinado a las personas que hayan trabajado con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios, siempre que estén regidos por el Código del Trabajo.
El seguro, que está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), permite al trabajador retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración; y, de ser necesario y cumpliendo con los requisitos, podrá también recurrir al Fondo de Cesantía Solidario que está conformado con aportes de los empleadores y del Estado.
¿A quiénes les corresponde el beneficio?
El Seguro de Cesantía le corresponde a trabajadores que por causas voluntarias o involuntarias hayan quedado sin empleo, pero además deben cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios y que esté regulado por el Código del Trabajo.
- Su contrato laboral haya comenzado a partir del 2 de octubre de 2002 en adelante.
- Si el contrato laboral es anterior al 2 de octubre de 2002, el trabajador debe haberse afiliado al seguro voluntariamente a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC).
¿Cómo se financia el Seguro de Cesantía?
Este beneficio recibe aportes tanto del Estado como del empleador y el trabajador, los cuales se dividen de la siguiente manera:
Trabajadores con contrato indefinido:
- Aporte del trabajador: 0,6% de su remuneración imponible.
- Aporte del empleador: 2,4% de la remuneración imponible del trabajador (1,6% se destina a la cuenta individual por cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).
Trabajadores con contrato a plazo fijo:
- Aporte del trabajador: ninguno.
- Aporte del empleador: 3% de la remuneración imponible del trabajador (2,8% va a la cuenta individual por cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).
Requisitos para recibir los pagos
Lo fundamental es que la persona cuente con su cédula de identidad vigente y un documento que respalde el término de la relación laboral, como el finiquito, carta de despido o carta de renuncia.
Posteriormente, existen dos maneras para realizar el trámite para acceder al Seguro de Cesantía:
Por Internet
- Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
- Ingresar al sitio web de la AFC y entrar la Sucursal Virtual. Si no tienes clave, la puedes crear en el siguiente enlace.
- Seleccionar la opción Cobro del Seguro y luego hacer click en Solicitar cobro del seguro.
- Ingresar clave de seguridad, completar los datos requeridos y adjuntar los documentos solicitados.
- Una vez revisada la solicitud, recibirás un correo electrónico que indicará si la solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.
Forma presencial
- Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
- Dirigirse a una sucursal de la AFC. Aquí puedes revisar la más cercana a tu ubicación.
- Explicar el motivo de la visita, que en este caso es para solicitar el pago del Seguro de Cesantía.
- Entregar los antecedentes y documentos requeridos.
- Si la solicitud es aprobada, le informarán la fecha y modalidad del pago.
Fondo de Cesantía con cargo a fondo Solidario
Para solicitarlo se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, por ejemplo el finiquito u otro documento que acredite su cesantía.
- Registrar en su Cuenta Individual un saldo insuficiente para financiar los pagos del seguro.
- Tener 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido.
- De estas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador.
- lnscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo www.bne.cl desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía. El plazo será de 96 horas.
- Haber sido despedido por las siguientes causas de término de contrato:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (causal 159-4)
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (causal 159-5)
- Caso fortuito o fuerza mayor (causal 159-6)
- Necesidad de la empresa (causal 161)
- Quiebra del empleador (causal 163 bis)
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