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Despidos por necesidades de la empresa: Buscan aumentar requisitos para ese tipo de desvinculaciones

¿Qué paso?

El aumento de los despidos por necesidades de la empresa ha generado alerta en los trabajadores y algunas autoridades. Entre enero y agosto de este año se registraron 336.830 despidos bajo esta causal, lo que representa un alza de 5,5% respecto al mismo periodo de 2024 y el mayor nivel acumulado desde 2020, cuando hubo 368.073.

Es por esto que algunos legisladores quieren activar la discusión de proyectos de ley que aumentan los requisitos para que los empleadores desvinculen a trabajadores por esta causal, la cual consideran es utilizada de manera excesiva.

Buscan reactivar proyectos que aumentan requisitos para despidos por necesidades de la empresa

El presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Andrés Giordano (Frente Amplio), señaló que la situación requiere atención legislativa inmediata. “El alza de los despidos por necesidades de la empresa es de máxima importancia, sobre todo en el contexto actual. Se habla mucho de desempleo, pero poco de los despidos ilegales que contribuyen a ese desempleo”, afirmó.

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Actualmente, existen dos iniciativas parlamentarias en curso. Una presentada por Giordano junto a Gael Yeomans (Frente Amplio), y otra por la diputada María Candelaria Acevedo (PC). Ambas buscan regular la causal de despido para garantizar que se justifique con razones objetivas, técnicas y específicas, y evitar la procedencia de despidos sin causa real.

El proyecto del Giordano y Yeomans

El actual inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, establece que “el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. La eventual impugnación de las causales señaladas, se regirá por lo dispuesto en el artículo 168.”

La iniciativa de Giornado y Yeomans, ingresada en el año 2022, considera que esta definición "es de carácter general y no describe los elementos de su configuración, lo que se ha venido a completar a través de las resoluciones de nuestros tribunales superiores de justicia en circunstancias de impugnaciones judiciales por parte de los trabajadores y trabajadoras ante el despido".

El diputado expuso que más del 90% de los despidos reclamados en tribunales laborales son calificados como ilegales. “Al declararse ilegal, los trabajadores pueden tener un recargo en el pago de sus indemnizaciones, pero no recuperar su puesto de trabajo”, indicó. El proyecto busca que los empleadores fundamenten sus decisiones en informes técnicos o profesionales objetivos.

El proyecto señala que los despidos se realizarán "siempre que la necesidad se funde en un antecedente técnico o económico de carácter permanente, tales como cambios estructurales de instalación de la empresa que afecten la mecánica funcional de la misma y que se trate de circunstancias graves o irremediables en que se encuentre el empleador o empleadora".

"La necesidad de la empresa también debe ser de carácter objetivo, exigiendo en todo caso de la concurrencia de hechos o circunstancias que la hagan procedente, es decir, que se trate de una causa ajena a la conducta contractual o personal del trabajador o trabajadora y de la mera voluntad del empleador, o como sucede con la reestructuración definida por una crisis. El despido debe ser necesario y el trabajador o trabajadora no podrá ser reemplazado o reemplazada con posterioridad a él. Estas circunstancias deben ser acreditadas fehacientemente por el empleador en el momento de la comunicación del despido al invocar la presente causal", agrega.

Proyecto de diputada Acevedo

La diputada Acevedo propone, en un texto ingresado en marzo de este año, que los despidos por necesidad de la empresa se realicen únicamente basados en informes técnicos que acrediten racionalización, modernización, bajas en productividad o cambios en el mercado.

El proyecto señala que "el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, a partir de informes técnicos o profesionales objetivos, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores".

“De ninguna manera podrán invocarse criterios que no tengan sustento en los informes señalados en este inciso”, agrega.

Próximos pasos

El presidente de la Comisión de Trabajo adelantó que las iniciativas serán analizadas en la instancia una vez que se finalice la tramitación de otro proyecto relacionado con la salud y seguridad laboral.

Su objetivo es avanzar en un consenso político que permita legislar efectivamente y no que el proyecto quede solo como “un saludo a la bandera”.

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