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¿Qué pasará con el artículo 22 en la Ley 40 Horas? Esto dice la ministra del Trabajo Jeanette Jara

Pese a que muchas empresas se adelantaron, el próximo 26 de abril entra formalmente en vigencia la ley que disminuye la jornada laboral a 40 horas semanales.

Específicamente, las compañías que aún no han implementado la reducción —por distintos motivos—, a partir de ese día deben hacerlo y bajar la jornada de trabajo desde las 45 a las 44 horas a la semana. Como la disminución es gradual, recién en 2028 quedarán completamente implementadas las 40 horas. 

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En la antesala de la entrada en vigor de la legislación, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, explicó lo que sucederá con el artículo 22 del Código del Trabajo, el cual regula los límites de la jornada laboral, entre otros aspectos.

Cabe señalar que la ley también contempla una norma que introduce una especie de canje de horas extras por vacaciones para determinados empleados.

Ley 40 Horas: ¿qué pasará con el artículo 22?

Actualmente, antes de que entre en vigencia la ley, el artículo 22 señala que la jornada laboral tiene una duración de 45 horas semanales, pero están excluidos de la limitación —es decir, prácticamente no tienen horario de entrada o salida del trabajo— trabajadores como:

  • Los que prestan servicios a distintos empleadores.
  • Los que trabajan sin fiscalización superior inmediata.
  • Los gerentes y subgerentes
  • Los administradores, entre otros.

Junto con otros empleados, la normativa establece que también están excluidos de las 45 horas de trabajo a la semana quienes fueron contratados para que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa, mediante la utilización de medios informáticos o de telecomunicaciones.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Consultada al respecto, la secretaria de estado detalló que la Ley de 40 Horas "restringe la aplicación (del artículo 22) a la primera línea de la administración, como gerentes, subgerentes y administradores; y a aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de sus funciones".

"Con esto, se busca que a los trabajadores a quienes se pueda controlar la jornada se aplique ese control. Esto les garantizará el descanso o que puedan acceder a horas extraordinarias en las condiciones que la ley establece", comentó.

Incorporación de nuevas tecnologías

Jara dijo que existen diversas tecnologías que permiten controlar la jornada a distancia: "Un buen ejemplo de a quienes se puede aplicar (el control) es a los periodistas que trabajan en medios de comunicación".

En línea con lo anterior, el diario La Segunda le preguntó por los elementos que deben incorporar las empresas para sus trabajadores que no desarrollan labores en un espacio definido.

"Primero, los empleadores se encuentran obligados a controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias (...) la Ley de 40 Horas reconoce e incorpora el uso de nuevas tecnologías, como los sistemas de registro electrónico", ejemplificó.

Según la ministra, "trabajar fuera de las dependencias del empleador no implica no tener límites de horas de trabajo; ello solo ocurre en los casos excepcionales del artículo 22, inciso segundo", el que hace referencia a la mencionada primera línea de administración.

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