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Dos nuevos beneficios se estrenan en enero de 2026: ¿Cuáles son y quiénes recibirán sus pagos?

En enero de 2026 se estrenarán dos beneficios contemplados en la reforma de pensiones que tienen el propósito de aumentar las jubilaciones de los actuales y futuros pensionados del país. Sus pagos serán mensuales y se otorgarán a todos los adultos mayores retirados de la vida laboral.

La principal ventaja de ambos aportes es que no son postulables, sino que el Estado se lo adjudica automáticamente a los jubilados que se ajustan a los requisitos para ser beneficiarios.  

¿Qué beneficios comienzan a pagarse desde enero de 2026?

A continuación, revisa los principales detalles de las dos ayudas monetarias que se estrenarán en enero del próximo año:

Beneficio por años cotizados

El Beneficio por años cotizados será un aporte mensual adicional expresado en Unidades de Fomento (UF), que se sumará a la pensión que ya reciben los pensionados por vejez o invalidez, bajo AFP o compañías de seguro. Su monto equivaldrá a 0,1 UF por cada año cotizado, con un límite de 2,5 UF mensuales (25 años de cotizaciones).

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Hipotéticamente, si comenzara a pagarse con la UF registrada este lunes 27 de octubre ($39.577), el pago por año cotizado sería de: 

  • Mujer con 10 años de cotizaciones (1 UF): $39.577
  • Mujer con 20 años de cotizaciones (2 UF): $79.154
  • Mujer con 25 años de cotizaciones (2,5 UF): $98.942
  • Hombre con 20 años de cotizaciones (2 UF): $79.154
  • Hombre con 25 años de cotizaciones (2,5 UF): $98.942

Para obtenerlo, las mujeres deben haber cotizado al menos 120 meses (10 años) y los hombres un mínimo de 240 meses (20 años). Otro requisito clave es alcanzar la edad de 65 años: aunque fue definido para quienes están pensionados al 31 de julio de 2025, se activará cuando la persona tenga esa edad o más.

También hay condiciones de residencia: no es obligatorio vivir en Chile para acceder a él, pero para mantenerlo, la persona no puede permanecer fuera del país por más de 180 días en un año calendario.

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Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida para las mujeres

Será una pensión vitalicia, de un valor mínimo de 0,25 UF mensuales, exclusivamente para mujeres pensionadas. Su propósito es igualar lo que recibirían si, al jubilarse, fuesen hombres —con la misma edad, ahorro previsional y grupo familiar.

Lo anterior, porque en el sistema actual, las mujeres reciben pensiones más bajas por su mayor esperanza de vida, lo que reduce el monto que el ahorro individual puede financiar mensualmente. En la práctica, actúa como un complemento para corregir la brecha de género en las jubilaciones.

Pueden acceder las mujeres de 65 años o más que tengan una pensión de vejez o invalidez y no están cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Esta compensación será para todas las que se jubilen desde los 60 años. Eso sí, hay dos condiciones muy importantes a considerar: el pago inicia recién a los 65 años y la edad en que se pensione influirá en el monto. En detalle:

  • Si la mujer se jubila a los 65 años, desde esa edad accederá al 100% del beneficio.
  • Si se jubila a los 64 años, desde los 65 recibirá el 75%.
  • Si se jubila los 63 años, desde los 65 obtendrá el 50%.
  • Si se jubila los 62 años, desde los 65 percibirá el 25%
  • Si se jubila los 61 años, desde los 65 cobrará el 15%.
  • Si se jubila los 60 años, desde los 65 será del 5%.

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