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Este aviso se cerrará en segundos

¿Qué locales comerciales pueden funcionar en las comunas que avanzan a Transición?

  • Por Meganoticias

Después de cumplir poco más de un mes en la etapa de Cuarentena, 10 comunas de la Región Metropolitana avanzan a Transición a partir de las 05:00 horas de este jueves 29 de abril, según el Plan Paso a Paso.

El avance tiene repercusión en el comercio, ya que ciertos negocios podrán seguir operando con muy leves restricciones, pero siempre respetando el aforo permitido por las autoridades sanitarias.

Sin embargo, otros recintos deberán permanecer con las puertas cerradas, a la espera de que la emergencia sanitaria mejore para poder recibir público.

¿Qué negocios pueden funcionar en Transición?

En la Fase 2, los locales comerciales que pueden funcionar son los siguientes:

  • Centros comerciales (con reducción de aforo: una persona cada 10 metros cuadrados)
  • Cafeterías y restaurantes (atención solo en terrazas abiertas y con mesas ubicadas a dos metros de distancia). Los que están ubicados al interior de malls deberán operar solo con delivery.
  • Supermercados
  • Solo gimnasios al aire libre
  • Bancos
  • Farmacias
  • Bencineras y servicios de atención
  • Negocios de barrios, verdulerías
  • Peluquerías y salones de belleza
  • Botillerías
  • Ferreterías
  • Locales de comida

Cabe consignar que la venta de productos o servicios estará operativa de lunes a viernes. Sin embargo, durante los fines de semana o días festivos solo podrán operar aquellos recintos catalogados como esenciales, ya que las comunas en Fase 2 deben realizar confinamiento total en este tipo de jornadas.

Por lo mismo, los habitantes de estas comunas deberán solicitar el respectivo permiso de desplazamiento en Comisaría Virtual para salir de sus hogares y realizar una determinada actividad. No olvidar que en Transición solo se entrega un documento a la semana.

Estas son las actividades prohibidas en Fase 2

Por otro lado, los protocolos sanitiarios prohíben los siguientes tipos de actividades:

  • Las reuniones en residencias particulares de más de 5 personas y cualquier evento o reunión durante el horario de toque de queda, o los sábados, domingos y festivos.
  • Las actividades con público.
  • La atención de público en restaurantes o cafés en espacios cerrados.
  • El funcionamiento de lugares deportivos cerrados y gimnasios.
  • El consumo de alimentos en lugares cerrados de centros comerciales.
  • El funcionamiento de Clubes de Adultos Mayores y Centros de día de Adultos Mayores.
  • El funcionamiento de pubs, discotecas y lugares análogos.

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