FNE aprueba asociación de Codelco y SQM para producción de litio: ¿En qué zona se explotará el mineral?

¿Qué pasó?

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) aprobó, en Fase 1 de investigación y sujeta al cumplimiento de medidas de mitigación, un acuerdo de asociación público-privado entre la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco) y la Sociedad Química y Minera de Chile S.A (SQM) para la producción de litio en el país.

¿Dónde se explotará litio? 

El acuerdo de Codelco y SQM contempla la creación de un joint venture (empresa conjunta) destinada a extraer, producir y comercializar minerales provenientes del Salar de Atacama, en el norte de Chile, principalmente hidróxido y carbonato de litio.

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El joint venture contempla dos etapas diferenciadas para su administración. Durante el primer período, que va entre 2025 y 2030, será controlado por SQM y durante el segundo período, que se extiende entre 2031 y 2060, su control estará en manos de Codelco.

Desde Codelco detallaron que la alianza busca la creación de una empresa conjunta para la explotación de litio en el Salar de Atacama y explicaron que ambas empresas presentaron la iniciativa a la FNE a fines de julio de 2024 y, en septiembre, el organismo inició el período de revisión de antecedentes.

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La aprobación de la asociación "es un hito importante. La fiscalía ha estudiado durante nueve meses esta operación, con todo el rigor que corresponde y analizando en profundidad toda la documentación que hemos aportado", valoró Máximo Pacheco, presidente del directorio de Codelco.

Medidas de mitigación

Pese a la aprobación de la Fase 1 de investigación, la FNE estableció que la operación entre Codelco y SQM podría "reducir sustancialmente la competencia", ya que al crear un nuevo vínculo entre actores actuales y futuros de la industria del litio, se "podría incrementar los riesgos de coordinación y de acceso a información comercialmente sensible entre competidores".

Frente a esto, Codelco y SQM ofrecieron una serie de medidas de mitigación con el objeto de restringir los posibles flujos de información comercial sensible que podrían producirse a propósito de la operación y de sus acuerdos relacionados.

Dichas medidas fueron consideradas como proporcionales, idóneas y efectivas por parte de la FNE, cuyo cumplimiento sería verificado por la División de Fiscalización de la entidad.

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