Retiro forzoso 10% de fondos AFP: Aseguran que proceso demoraría entre 2 y 3 meses
- Por Meganoticias
Este jueves 10 de diciembre comienza el proceso de solicitud para el segundo retiro de fondos de pensión, en el marco de la ley promulgada el pasado viernes por el Presidente Sebastián Piñera.
Entre las diferencias que tiene esta ley con la que permitió el primer proceso en agosto pasado, se encuentra la figura del retiro forzoso de fondos previsionales, en caso de deudas por pensiones alimenticias, a través de una autorización judicial al alimentario o su representante.
Esto debido a que en el retiro anterior era necesario que el deudor solicitara el dinero a su AFP para que se procediera a la retención del monto adeudado.
Polémica
Pese a lo anterior, la medida no ha estado exenta de polémicas, puesto que legisladores y académicos han advertido que el retiro forzoso podría dar paso a recursos de protección por parte de demandados, amparados en la Ley de Pensiones, que dispone que los fondos en las cuentas individual son inembargables.
Debido a lo anterior, senadoras como Marcela Sabat o Ximena Rincón han realizado llamados al Gobierno para patrocinar un proyecto de ley corta que solucione esta controversia.
Gestión y reforzamiento del Poder Judicial
En paralelo, cobra relevancia el aspecto relacionado a la gestión por parte del Poder Judicial, principalmente respecto a la sobrecarga que significa tanto el primer como el segundo retiro en las actuaciones de los tribunales de Familia.
Debido a esto, durante las últimas semanas, el aparato judicial chileno ha trabajado en la optimización de sus herramientas digitales, como también en una mayor dotación de jueces y la contratación de personal de apoyo, ya que se espera un nuevo peak en cuanto a trámites judiciales relacionados a pensiones alimenticias.
Sobrecarga
Sobre esta situación, Fabiola Latrhop, abogada y académica de Derecho en la Universidad de Chile, sostuvo a Meganoticias que "hasta el momento, el Poder Judicial, por la sobrecarga y probablemente la gestión no muy eficiente de algunos tribunales, no ha podido cumplir el mandato legal, entonces eso es muy grave porque los derechos afectados tienen una particularidad especial, que son derechos de niños, niñas y adolescentes".
"Mi impresión es que si los tribunales de Familia, hasta el momento, con la sobrecarga que significó la retención (primer retiro) no han podido asumir eficientemente este mandato, difícilmente vayan a poder hacerlo rápidamente con estas nuevas reglas", agrega.
En esta línea, la profesional señaló: "Ojalá que no se vuelva a repetir esto, pero hay mucha lentitud, han habido errores también, de cálculo, en general de retención, de cómo ha funcionado, entonces es normal que hayan dudas de parte de los usuarios".
Tiempos de los trámites
Con respecto al tiempo que toman los procesos relacionados a este tipo de trámites, Lathrop señala que la pandemia ha traído consigo una mayor demora.
"Solicitar liquidación de deuda de pensión alimenticia antes de la pandemia demoraba tres semanas, entre que la pedías al tribunal y se pasaba a la unidad de cumplimiento, que es en definitiva la unidad que ejecuta, podían pasar dos a tres semanas. Ahora, en cambio, esto se está demorando entre dos a tres meses", señala.
Lo mismo ocurriría, según la abogada, con la sentencia emanada de un juzgado de familia que autorice a la subrogación para ejercer el retiro forzoso, la cual demoraría "no menos de dos o tres meses, que es precisamente el tiempo que está tomando ahora".
Propone tres medidas
Tras esto, la especialista en derecho de familia propone tres medidas que, a su juicio, se deberían tomar para dar una solución de fondo a la creciente realidad del adeudamiento de pensiones alimenticias en Chile.
La primera, señala, consiste en "crear un fondo de garantía de las pensiones, esto quiere decir que el Estado da el dinero y que se subroga en los derechos del alimentario para perseguir al deudor, con eso se satisface la pensión del hijo y después el Estado se entiende con el alimentante".
En segundo lugar, Lathrop propone un registro nacional para las personas que se encuentren demandadas por esta situación. "Mientras no haya una especie de Dicom pero para deudores de alimentos, no hay un efecto disuasivo efectivo", explica.
Finalmente, señaló que "las medidas, los apremios, tienen que agilizarse, porque a veces pides un apremio, que puede ser una multa, una solicitud de arresto, la suspensión de la licencia de conducir, eso tiene que hacerse efectivo. Las licencias de conducir deben retenerse, no a propósito de que le hicieron el control y verificaron que debía, sino que se le debe obligatoriamente quitar la licencia".
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