Pensión Básica de Invalidez: ¿Cómo se solicita y qué requisitos se deben cumplir?

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio estatal cuyo objetivo es apoyar a las personas con una declaración de invalidez que tengan entre 18 y 64 años, quienes además deben cumplir otros requisitos para acceder a ella.

Actualmente, el monto mensual del beneficio es de $224.004, el cual aumentará en septiembre de 2025 a $250.000, ajustándose al nuevo valor máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU), a propósito de la reforma de pensiones.

¿Qué requisitos exige?

Para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez se deben cumplir ciertos requisitos, los cuales son:

  • Tener entre 18 y 64 años.
  • No tener derecho a una pensión en ningún régimen previsional como titular o persona beneficiaria de una pensión de sobrevivencia.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 80% más vulnerable de la población, determinado por el puntaje de focalización.
  • Acreditar 5 años como mínimo de residencia en Chile durante los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Cabe destacar que al momento de realizar la solicitud no es necesario tener declarada la invalidez ante una comisión médica, ya que una vez que el Instituto de Previsión Social (IPS) analice el cumplimiento de los requisitos, internamente enviará los antecedentes del solicitante a una comisión médica para iniciar el proceso de acreditación de invalidez.

LO ÚLTIMO

Además, a través del sitio web de ChileAtiende se puede consultar si es que cumples con los requisitos para solicitar el beneficio a través del RUT y la fecha de nacimiento.

¿Cómo solicitar la PBSI?

Dentro de esta misma plataforma se puede solicitar inmediatamente el beneficio con tu ClaveÚnica. Una vez dentro, el sitio web te guiará paso a paso para realizar la solicitud.

También se puede pedir de manera presencial en cualquier sucursal de ChileAtiende. En esta modalidad se debe presentar la Cédula de Identidad y la copia del dictamen de invalidez emitido por una comisión médica.

Es importante recalcar que este trámite también puede realizarlo el apoderado o tutor de la persona, que debe contar con un poder notarial y su cédula de identidad.

Leer más de