Bono Marzo 2023: ¿Cuándo se entrega el pago extraordinario?

Tras la promulgación de la ley de Medidas de Seguridad Económica, se confirmaron una serie de beneficios estatales que incluyen, por ejemplo, la creación del Bolsillo Familiar Electrónico y el pago extraordinario de una segunda cuota del Aporte Familiar Permanente.

Cabe recalcar que, actualmente, el monto a asignar por el conocido ex Bono Marzo alcanzaba los $59.452 por carga u hogar, para quienes cumplían con los requisitos. 

No obstante, la iniciativa del Ejecutivo permitirá el pago de una segunda cuota, cuya cifra ascenderá a los $60.000, por lo que las personas que ya recibieron el bono podrían totalizar casi $120.000 entre ambos pagos.

¿Cuándo se entrega el pago extraordinario del Bono Marzo?

En un principio, el ministro de Desarrollo social y Familia, Giorgio Jackson, señaló que en caso de aprobarse el proyecto, el dinero adicional correspondiente al Aporte Familiar Permanente se entregaría a fines de marzo y principios de abril.

Sin embargo, con la promulgación de la ley, el secretario de Estado aclaró la información y puntualizó en los días en que se hará efectivo el pago, el cual, finalmente, se realizará no más allá de abril.

"Se va a entregar el 29, 30 y 31 de marzo, por lo tanto, las personas que quieran saber si es que van a recibir este beneficio, pueden entrar a www.aportefamiliar.cl", explicó.

¿Quiénes reciben la segunda cuota del Bono Marzo?

El pago extraordinario del Bono Marzo 2023, lo recibirán las mismas personas que obtuvieron la primera cuota, es decir:

  • Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que reciben el pago habitual de sus beneficios entre el 15 y 28 de febrero.
  • Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que reciben el pago habitual de sus beneficios entre el 1 y 14 de marzo. También los pensionados del Instituto de Previsión Social.
  • Quienes reciben Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares, ya sean trabajadores de empresas privadas o públicas, o pensionados de entidades distintas al IPS.

Para obtener el dinero no es necesario realizar ningún trámite, ya que se entrega automáticamente a quienes cumplan con los requisitos.

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