Bono de vacaciones para sector público ya fue aprobado: ¿Cuándo se paga?

Ya fue aprobado el proyecto de reajuste salarial para trabajadores del sector público, que significa un alza del 12% para quienes tengan remuneraciones brutas de hasta $2.200.000 y $264.000 brutos para las y los empleados con ingresos brutos superiores a $2.200.000. 

La iniciativa fue presentada por el Gobierno luego de la negociación realizada entre los ministerios de Hacienda y del Trabajo con 16 gremios que componen la Mesa del Sector Público (MSP), además de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).   

En concreto, el reajuste del sector público significa un alza en las remuneraciones de las y los trabajadores, además de nuevo montos para los aguinaldos y bonos que reciben durante el año, tales como el bono de vacaciones. 

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¿Cuándo se paga el bono de vacaciones?

El Bono de Vacaciones corresponde a un monto de $100.000 para los trabajadores con renta líquida a noviembre 2022 igual o inferior a $943.703, y de $50.000 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de una remuneración bruta de $3.125.052.

Este beneficio se pagará durante enero de 2023, fecha en la que muchos trabajadores salen de vacaciones, y el pago se realizará de manera automática. Aún no se publica el día específico en que este bono será entregado. 

¿Cuáles son los montos de los otros bonos? 

Los montos que recibirían las y los trabajadores públicos, entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023, por los aguinaldos y bonos serían:

  • Aguinaldo Fiestas Patrias 2023: $81.196 para quienes tengan una remuneración igual o inferior a $943.703; y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad. 
  • Bono de Escolaridad 2023: $78.966 que serán pagados en dos cuotas iguales de $39.483 cada una, la primera en marzo y la segunda en junio de 2023. 
  • Bonificación adicional al Bono de Escolaridad: $33.358 por cada hijo que cause este derecho.
  • Bono Término de Conflicto: $190.000 para quienes a noviembre de 2022 tengan una renta líquida igual o menor a $857.000, y de $95.000 para las rentas brutas superiores a $857.000 e iguales o inferiores a $3.125.052.

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