Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Fue despedido por ir un día a Tacna mientras se encontraba con licencia médica: Demandó y ahora recibirá millonaria indemnización

¿Qué pasó?

El Juzgado de Letras de Arica condenó a las Fábricas y Maestranzas del Ejército (Famae) por el despido indebido de un operador de máquinas, luego de que este viajara por un día a la ciudad de Tacna mientras se encontraba con licencia psiquiátrica.

A su vez, la instancia judicial determinó que el trabajador recibirá una millonaria indemnización al dar por descartado que este haya actuado con falta de probidad.

La decisión de la justicia

El fallo consignó que "aquel reposo no implica que el trabajador deba estar encerrado en su casa o en el lugar indicado en la licencia médica, sin oportunidad de salir de allí, nunca y por todo el período del descanso".

Ir a la siguiente nota

Agregó que "la licencia médica no es una orden de arresto domiciliario total para el trabajador, ella no contiene la idea de reclusión, de confinamiento, de aprisionamiento. Debe entenderse que la licencia médica contiene el derecho del trabajador de ausentarse del trabajo para recuperar su salud, y que para ello se dispone de un período de tiempo de reposo en un lugar determinado, pero en caso alguno como una medida de reclusión o encierro permanente por ese lapso".

Ir a la siguiente nota

"Por todo lo relacionado, la circunstancia que el trabajador demandante viajara a la ciudad de Tacna, el día 3 de junio de 2025, mientras hacía uso de licencia médica, en caso alguno puede conformar una falta de probidad suya en el desempeño de sus funciones, puesto que ese día, y los días anteriores y posteriores, el contrato de trabajo, en cuanto a sus efectos, estaba suspendido, y por tanto ninguna obligación sujetaba al trabajador a su empleador, por lo que no pudo existir falta de probidad en relación a funciones de las que estaba dispensado, liberado", suma

A pesar de que la entidad empleadora invocó falta de probidad y la conducta inmoral del trabajador, para el tribunal "se acreditó lo infundado de esas causales; lo desprolijo de la carta de despido; la falta de hechos concretos y ciertos; la ausencia de pruebas suficientes; asimismo, la omisión en que incurrió la empleadora de una investigación interna pese a lo ordenado por la Contraloría General de la República". 

Con todos estos antecedentes, el tribunal resolvió acoger la demanda subsidiaria del despido y cobro de prestaciones en contra de Fábricas y Maestranzas del Ejército. 

En suma, el trabajador deberá recibir  indemnización sustitutiva de aviso de despido por la suma de $1.019.104; indemnización de 9 años de servicio, por la suma de $9.171.936 además del recargo legal del 100% de la suma anterior, conforme al artículo 168 inciso segundo del Código del Trabajo, por la suma de $9.171.936.

Todo sobre Casos Judiciales