DT zanja polémica por certificado laboral que entrega información personal de trabajadores: "Vulnera derecho a no discriminación"
¿Qué pasó?
La Dirección del Trabajo (DT) se pronunció sobre el polémico "certificado laboral" que ofrece la startup Cualiffy, con el cual los empleadores pueden acceder a antecedentes de los trabajadores, como el historial de licencias médicas, denuncias ante tribunales laborales, y sus antiguos empleadores.
En un dictamen, el organismo señaló que este certificado vulnera el derecho a la no discriminación y que ningún trabajador o postulante puede ser obligado a entregar datos personales que no se relacionen con la capacidad para el cargo.
¿Qué dijo la DT sobre el "certificado laboral"?
La DT señaló que "se prohíbe cualquier trato discriminatorio que no se base en la idoneidad o capacidad laboral".
Ir a la siguiente nota"No resulta jurídicamente procedente que el empleador considere antecedentes tales como los compromisos comerciales y financieros, el estado de salud y los antecedentes penales, entre otros, de la persona trabajadora, de manera que tal información condicione su acceso o permanencia en el empleo", agregó. "Salvo que estos antecedentes sean parte de la idoneidad y capacidad personal para ejecutar el trabajo, único criterio legítimo y autorizado constitucionalmente para ser considerado por los oferentes de trabajo en la contratación de trabajadores".
"Vulneración a la garantía del derecho a la no discriminación"
En ese sentido, sostuvo que "la exigencia de requisitos, información o certificados que den cuenta de antecedentes que no dicen estricta relación con la capacidad e idoneidad de una persona en relación a las funciones a cumplir, constituye una vulneración a la garantía del derecho a la no discriminación, tanto en el contexto de las ofertas de empleo, las relaciones laborales y su término".
La Dirección del Trabajo afirmó que los trabajadores tienen "derecho sobre sus datos personales, tales como el acceso a los mismos, su rectificación y la posibilidad de oponerse a su tratamiento". "El empleador deberá mantener reserva de toda la información y datos privados del trabajador a que tenga acceso con ocasión de la relación laboral".
"Ningún trabajador o postulante a un empleo puede ser obligado de manera directa, solapadamente o a través de terceros a proporcionar información de sus datos personales que no se relacionen con su capacidad e idoneidad", añadió.
"Asimismo, ningún empleador puede hacerse valer de estos antecedentes a fin de tenerlos en consideración para la contratación o para la evaluación del desempeño laboral, salvo que los mismos incidan en la capacidad o idoneidad personal del postulante o trabajador para el desarrollo del empleo", cerró.
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