¿El fin de las rifas de casas?: Así es el proyecto de ley que busca regular los sorteos de inmuebles
Las rifas de propiedades han ganado popularidad debido a que algunos influencers han promovido dicha actividad en redes sociales. Uno de los casos más emblemáticos es el de "Naya Fácil", quien ha sorteado dos casas, una en La Florida y otra en Maipú, además de un departamento en Santiago Centro.
Ante lo anterior, las senadoras Paulina Núñez (RN) y Yasna Provoste (DC), asesoradas por las abogadas Katherynne Moreno y Daniela Castro, presentaron un proyecto de ley para regular el sorteo de inmuebles en Chile y dotar dicha práctica de "un marco legal moderno, claro y transparente".

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La senadora Núñez explicó que los inmuebles se están rifando para poder ser transferidos a terceras personas, por lo que considera "vital vigilar estos temas, porque efectivamente hay personas que están optando por esta manera de poder vender sus inmuebles y otras que, con lo difícil que es acceder hoy a una vivienda o a un crédito hipotecario, ven en esto una oportunidad", citó DF.



Actualmente, el sistema jurídico otorga a las rifas y sorteos un tratamiento restrictivo, debido a su carácter de juego de azar. De acuerdo a la legislación actual, una rifa de un inmueble puede llevarse a cabo siempre que sea organizada por personas jurídicas sin fines de lucro y cuenten con la autorización del Ministerio del Interior y/o de las gobernaciones regionales.
LO ÚLTIMOSegún el medio citado, el proyecto de las senadoras establece que podrán sortear un inmueble las personas naturales o personas jurídicas por sí o representadas que acrediten ser dueños de la propiedad objeto del sorteo.
Asimismo, el evento debería realizarse en un acto público y en presencia de un notario público, quien será el encargado de levantar el acta de realización y resultado del sorteo.
El ganador del sorteo obtendrá el inmueble mediante escritura pública de transferencia. En tanto, el organizador deberá declarar los ingresos obtenidos conforme a las normas del Impuesto a la Renta y el adjudicatario deberá considerar el valor del boleto como precio de adquisición para efectos tributarios futuros.
Dentro de las sanciones, por la realización de sorteos sin permiso o incumplimiento a la ley, se establece una multa entre 50 a 500 UTM y la prohibición de realizar sorteos por 5 años. Si se detecta un fraude, se aplicarán las penas del Código Penal.
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