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Gobierno ingresa proyecto de tercer retiro del 10%: Revisa los alcances de la iniciativa

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Gobierno ingresó al Congreso un proyecto de ley que busca permitir realizar un tercer retiro de hasta el 10% de los fondos de pensiones, para ayudar económicamente a las familias que han visto afectados sus ingresos a raíz de la pandemia de coronavirus

La iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados y deberá ser revisada en primera instancia por la comisión de Trabajo.

Proyecto en el TC

La propuesta será tramitada en paralelo a la revisión del Tribunal Constitucional (TC) del proyecto de tercer retiro que ya fue despachado a ley.

El texto impulsado por diputados de oposición no puede ser promulgado hasta que el órgano autónomo estime que se ajusta a la Constitución. Esto luego de que el Gobierno presentara un requerimiento acusando la inconstitucionalidad del proyecto.

Si el TC acoge la acción del Ejecutivo, la iniciativa de los parlamentarios no podrá convertirse en ley. 

Proyecto del Gobierno

"El proyecto establece el derecho a realizar, por única vez y de forma excepcional y voluntaria, un retiro para todos los afiliados y a toda persona que pertenezca al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, por hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias", señala el texto del Gobierno.

Se establece un monto máximo de la extracción de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y un mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente). Si el total de fondos ahorrados es inferior a 35 UF, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.

Los montos retirados no serán constitutivos de renta para aquellas personas cuya renta imponible no sobrepase las 35 unidades tributarias anuales.

Reintegro de fondos

"Para recuperar los ahorros previsionales retirados y para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes, se establece una cotización adicional de un 1% de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda", detalla el proyecto.

"Adicionalmente, el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento (...) Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador", agrega.

Bono saldo cero

Además, establece la entrega de un bono de cargo fiscal por $200.000 para los cotizantes que tengan al menos 3 meses de afiliación y que al 31 de marzo de 2021 registren en su cuenta de capitalización individual un saldo igual o inferior a $200.000. 

"Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por este si así lo desea", indica, precisando que el beneficio "no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora".

Rentas Vitalicias

La iniciativa señala que: "Se otorgará un anticipo de cargo fiscal para pensionados de renta vitalicia, por el monto equivalente hasta un 10% de la reserva técnica, con tope de 100 Unidades de Fomento. Este anticipo se irá descontando de su renta vitalicia en cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un 10% de su pensión bajo esta modalidad, hasta enterar el monto anticipado".

"El total del monto otorgado conforme a este literal, expresado en Unidades de Fomento, se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorería, en cuotas mensuales, iguales y sucesivas equivalentes al diez por ciento del monto de la pensión bajo modalidad de renta vitalicia que reciba el pensionado, sin multas ni intereses, hasta la devolución del monto total del anticipo. Las cuotas mensuales se pagarán a contar del mes de enero del año 2023", afirma.

Plazos

La entrega de los fondos se realizará en un plazo máximo de 20 días hábiles, desde que se presenta la solicitud de a la respectiva administradora.

La extracción se podrá solicitar hasta el 31 de diciembre de 2021.

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