Despiden a trabajadora de banco que consultaba datos de clientes solo por "copuchear"
- Por Lucas Figueroa
Favorable fue el fallo que recibió el banco español CaixaBank, luego de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declarara procedente el despido disciplinario de una directora de oficina que realizó hasta 170 consultas a clientes sin justificación alguna.
La mujer aseguró que esta acción la realizó solo por “copuchear”. Así, la justicia confirmó que la conducta de la trabajadora constituye una transgresión a la buena fe contractual y un abuso de confianza.
De acuerdo con lo consignado por el portal Noticias Trabajo, la mujer era la directora y única empleada de una oficina de CaixaBank en un pequeño pueblo catalán.
Ir a la siguiente notaLa situación resulta aún más insólita si se considera que la acusada había participado en numerosos cursos de formación, incluidos algunos sobre código ético y confidencialidad de datos.
A eso hay que sumarle que, en el canal interno de noticias y comunicados sindicales, no existía ninguna tolerancia en temas de confidencialidad, limitando las consultas exclusivamente a gestiones comerciales y a la operativa del cliente, y restringiendo cualquier acceso que no fuese necesario para el ejercicio profesional.
No pudo explicar algunas consultas
En noviembre de 2023, la entidad financiera realizó una auditoría a la directora, luego de descubrir la realización de consultas sin justificación profesional aparente de datos bancarios de clientes.
La trabajadora argumentó que algunos clientes le habían solicitado información a través de mensajes o llamadas de WhatsApp a su móvil personal. Eso sí, admitió que algunas consultas eran irregulares y no podía explicarlas.
Aunque reconoció que lo hacía por curiosidad, en su defensa destacó que no lo había hecho a petición de los clientes, ni buscaba información concreta, y que no era consciente del elevado número de personas consultadas (unos 170 en total).
El informe de auditoría concluyó que la directora acusada, entre noviembre de 2022 y diciembre de 2023, realizó consultas sin justificación profesional a 170 clientes diferentes en 210 días.
De ese total, 84 eran familiares o personas de su entorno personal y 38 estaban relacionados con ellos.
Con todos estos antecedentes, CaixaBank le notificó los cargos el 15 de enero y, el 31 de ese mes, le comunicó su despido disciplinario con efectos inmediatos.
Trabajadora acudió a la justicia
No conforme con la decisión tomada por su empleador, acudió al Juzgado de lo Social N°1 de Figueres, instancia que desestimó su reclamo y declaró procedente el despido.
A pesar del revés, la mujer no se rindió y apeló ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ). En esa oportunidad, sostuvo que la carta de despido era genérica y ambigua, lo que le causó indefensión. Sin embargo, el tribunal señaló que la carta sí cumplía con el requisito de “suficiencia normativa” para garantizar la defensa de la trabajadora.
En la misma línea, alegó que los hechos ya habían prescrito, pero el TSJ determinó que el plazo de prescripción (60 días) no debía comenzar a contarse cuando la empresa tuvo conocimiento superficial o indiciario de los hechos, sino cuando obtuvo un “conocimiento cabal, pleno y exacto” de los mismos.
Por último, la recurrente argumentó que el despido era desproporcionado, considerando su trayectoria profesional “intachable” de 23 años, y que su conducta no constituía fraude ni abuso de confianza. Pero ese alegato también fue descartado por la justicia.
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