Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo: ¿En qué casos se paga al trabajador?
- Por Nicolás Díaz
La Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo es un pago de dinero que el empleador debe hacer al trabajador que es despedido por necesidades de la empresa cuando no se cumple con el plazo mínimo del aviso escrito que exige la ley.
¿En qué casos se paga la indemnización?
Según explica la Dirección del Trabajo (DT), el artículo 162 del Código del Trabajo establece que cuando un empleador invoca la causal de necesidades de la empresa para poner fin a un contrato de trabajo, debe darle al trabajador un aviso con una anticipación de 30 días a lo menos.
Esta exigencia solo puede obviarse si el empleador, en vez de entregar el aviso de 30 días de anticipación, paga una indemnización sustitutiva equivalente a la última remuneración mensual establecida en el contrato.
Ir a la siguiente notaAdemás, la DT explica también que hay otro caso en el cual el empleador debe pagar íntegramente la Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo.
Según la doctrina vigente del organismo, cuando el empleador invoque la causal de necesidades de la empresa con un aviso inferior a los 30 días, debe sí o sí pagar completamente la indemnización equivalente a la última remuneración mensual devengada.
En consecuencia, resulta "improcedente pagar la indemnización en forma proporcional a los días que faltaron para completar el total de 30".
Por lo tanto, en cualquiera de las formas en que se origine la Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo (sin aviso previo o aviso menor a 30 días), el beneficio siempre se debe pagar por el monto completo.
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