SII identifica más de 100 casos con posibles irregularidades en límite de transferencias: ¿Cómo consultar cuál es mi situación?
El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya habilitó el procedimiento para que los usuarios consulten su número de transferencias recibidas entre enero y junio de 2025, en el marco de la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, cuyo objetivo es reducir el comercio informal y la evasión fiscal.
Recordar que la legislación obliga a las instituciones financieras a reportar los titulares de cuentas que recibieron más de 50 transferencias bancarias en un mes, o 100 abonos en un semestre (seis meses), de personas o entidades distintas.
SII identificó más de 100 casos con posibles subdeclaraciones de IVA
A pocas semanas de la habilitación de dicha consulta, el organismo informó que identificó 109 casos que presentan posibles subdeclaraciones de IVA, por un monto total de $3.700 millones de IVA Subdeclarado.
Ir a la siguiente notaEn palabras más simples, corresponden a eventuales inconsistencias entre la información que dan los propios contribuyentes en sus declaraciones mensuales de impuestos y los datos obtenidos desde el reporte, cuyo nombre técnico es Declaración jurada 1959.
Por ejemplo, algunos de los casos hallados corresponden a:
- Riesgos de subdeclaración de débito fiscal por la emisión de facturas electrónicas, y de boletas de ventas y servicios.
- Riesgo de comercio informal (hubo contribuyentes reportados que no cuentan con inicio de actividades ni participaciones en sociedades, pero registraron abonos mayores o iguales a $170 millones).
Con estos últimos, el Servicio de Impuestos Internos tomará contacto para efectuar cruces de información y determinar si se trata o no de transferencias asociadas a alguna actividad comercial informal.
¿Cómo consultar los datos que el SII recibió de mi banco?
En primer lugar, el SII publicó en su sitio web la información que recibió de los bancos sobre personas que tuvieron más de 50 transferencias en un mes o más de 100 en seis meses, provenientes de distintos RUT. Estos datos pueden revisarse en la plataforma personal Mi SII, disponible en sii.cl.
Al ingresar con su RUT y clave tributaria, cada persona podrá ver si fue informada en la declaración jurada 1959, presionando el botón "SII te informa" y luego en "Información sobre Abonos y Transferencias Bancarias". Así se mostrará el nombre del banco, el tipo de cuenta, la cantidad de abonos recibidos y el monto total transferido durante todo el primer semestre de 2025.
[TRANSFERENCIAS BANCARIAS]: Si fuiste informado por tu institución bancaria por haber recibido 50 transferencias o abonos de RUT diferentes en un mes o 100 en un semestre, esta información es para ti. pic.twitter.com/qOf6tLfr9I
— SII (@SII_Chile) November 10, 2025
La recomendación es revisar el registro, independiente de si el usuario se siente seguro de haber recibido menos del límite, ya que puede haber errores en los montos o transferencias. De ser así, se debe contactar directamente a la institución bancaria para que corrija los datos.
¿Quiénes no están considerados en la Declaración jurada 1959?
El reporte de las entidades financieras no considera a las personas que son tesoreras de curso o las encargadas de reunir los montos de rifas o cuotas para actividades familiares o sociales, siempre que sean montos menores.
Al respecto, la directora subrogante del SII, Carolina Saravia, señaló que ellas "pueden estar tranquilas, porque el Servicio revisará y realizará cruces a partir de distintas fuentes de información, considerando aspectos como el monto de las transferencias y, solo en los casos en que corresponda, solicitará nuevos antecedentes para determinar si se deben aplicar acciones de fiscalización".
La Declaración jurada 1959 tampoco contempla a:
- Quienes realizan actividades comerciales formales, pero entregan siempre los documentos tributarios correspondientes a sus ventas y servicios, independiente del medio de pago que utilice.
- Quienes cumplen con todas sus obligaciones tributarias, comol la declaración mensual de IVA y la Declaración de Renta en abril de cada año.
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