Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

¿Quiénes no pueden acceder al Seguro de Cesantía?

La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) otorga ciertos beneficios para aquellos afiliados que hayan perdido su trabajo, con el objetivo de alivianar el golpe financiero que esto significa. 

Uno de ellos es el Seguro de Cesantía, un monto económico que las y los trabajadores pueden retirar al momento de quedar desempleados. Este dinero se acumula mes a mes en una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

LO ÚLTIMO

Este monto se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de los afiliados a la AFC y su tope para este 2024 corresponde a 126,6 UF. 

¿Quiénes no pueden acceder al Seguro de Cesantía?

Ya sea porque fue despedido, renunció o su contrato terminó, el empleado puede acceder a este seguro inmediatamente después de quedar cesante, sin embargo, debe cumplir una serie de requisitos, que son los siguientes:

  • Estar cesante, lo que se debe acreditar mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial, según corresponda.
  • Contar con un mínimo de 10 cotizaciones mensuales, si mantenía contrato indefinido. Si se encontraba con contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado, requiere tener al menos 5 cotizaciones mensuales.

Cabe precisar que las cotizaciones se cuentan desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral; y que pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.

En el caso contrario, la ley establece que el Seguro de Cesantía no rige para:

  • Empleados del sector público.
  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden (Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros)
  • Trabajadores independientes.
  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores con contrato de aprendizaje (que estén realizando su práctica profesional).
  • Pensionados (a excepción de los pensionados por invalidez parcial).
  • Trabajadores que participan como socio (mayoritario o igualitario) y que administran o representan a la empresa que informan como empleador.

Shutterstock / Referencial

 

Únete a nuestro canal de Whatsapp

¿Cómo solicitar el retiro de fondos del Seguro de Cesantía?

Las personas que cumplan con los requisitos, pueden solicitar el retiro de fondos de su Cuenta Individual de Cesantía ingresando a la sucursal virtual de la AFC (pincha aquí) con su RUT o Clave Única y hacer clic en "cobro del seguro".

La solicitud también se puede efectuar de manera presencial en una sucursal de la AFC, donde se deben presentar el carnet de identidad y finiquito, o cualquier otro documento que acredite el término de la relación laboral. Conoce aquí los horarios de atención. 

Todo sobre Seguro de Cesantía