Sepa cómo apelar al rechazo de una licencia médica
- Por Ahoranoticias.cl
Una licencia médica permite que un trabajador se ausente de su trabajo o reduzca las horas de su jornada laboral, cuando tiene una enfermedad o ha sufrido un accidente que amerita reposo o tratamiento por un tiempo determinado.
Si el trabajador está afiliado a una ISAPRE puede apelar a la COMPIN, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la recepción de la carta que notifica el rechazo. Si, luego, la ISAPRE no cumple con lo establecido por la COMPIN, puede acudir a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Si el empleado es afiliado a FONASA y la COMPIN rechaza su licencia médica debe apelar directamente en la SUSESO.
Documentos requeridos para realizar la apelación:
- Fotocopia de la cédula de identidad vigente.
- Copia de la resolución que informa sobre el rechazo de la licencia médica por incumplimiento de reposo.
- Fotocopia de la licencia médica rechazada.
- Documentos que permitan justificar mejor su solicitud (certificado médico que acredita su asistencia a control o tratamiento ambulatorio, por ejemplo).
- Carta dirigida a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) donde aclare su desacuerdo con el rechazo de la licencia médica. (Debe incluir: nombre completo, RUT, teléfono, correo electrónico, domicilio y firma).
La apelación se puede realizar a través de internet, para esto usted debe:
1. Reunir los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
2. Haga clic en ir al trámite y, luego Iniciar Sesión.
3. Escribir su nombre de usuario y contraseña, y haga clic en iniciar sesión. Si no está registrado cree una cuenta.
4. Haga clic en formulario para apelar una licencia médica.
5. Complete la información solicitada, adjunte los documentos y haga clic enenviar datos.
6. Como resultado del trámite, habrá realizado su apelación. En un plazo aproximado de 30 días, SUSESO analizará su solicitud y enviará a su domicilio el dictamen que la acoge o rechaza.
Importante:
* Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
* Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a instruir a la COMPIN para que deje sin efecto la resolución de rechazo, autorizando la licencia médica reclamada que da origen al subsidio por incapacidad laboral. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
A continuación entregamos un detalles de los casos en los cuales usted puede apelar:
1.- Fue presentada fuera de plazo: El plazo para entregar la licencia para trabajadores es el siguiente
- Dependientes del sector privado: dos días desde el inicio del reposo.
- Dependientes del sector público: tres días hábiles desde el inicio del reposo.
- Independientes: dos días hábiles siguientes a la emisión de la licencia médica.
2.- El reposo no se cumple.
- No se puede acreditar la enfermedad grave de un niño menor de un año.
- El reposo es considerado excesivo o injustificado.
- No se puede comprobar el vínculo laboral.
- Está corregida.
- El diagnóstico no es considerado irrecuperable.
3.- No se puede acreditar la enfermedad grave de un niño menor de un año.
4.- El reposo es considerado excesivo o injustificado.
5.- No se puede comprobar el vínculo laboral.
6.- Está corregida.
7.- El diagnóstico no es considerado irrecuperable.
Si bien no existe plazo para apelar, el límite lo constituye el período para hacer efectivo el pago del subsidio por incapacidad laboral.
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