Exagentes de la DINA son condenados por secuestro y torturas contra presos políticos
- Por Meganoticias
¿Qué pasó?
Tres exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) fueron condenados a 15 años de cárcel por su autoría en los delitos de secuestro calificado, aplicación de tormentos y aplicación de tormentos con violencia sexual a 10 prisioneras y prisioneros políticos en el centro de detención clandestino conocido como "La Venda Sexy" o "La Discoteque".
Además, otro exfuncionario del organismo deberá cumplir una pena de 541 días de presidio, por su complicidad en el secuestro de dos de estos presos políticos.
La mayoría de los secuestros, torturas y ataques sexuales ocurrieron en 1974, a un año de la instauración de la dictadura militar de Augusto Pinochet.
Los detalles de la condena
La medida fue decretada por Mario Carroza, ministro en visita extraordinaria en causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien aplicó perspectiva de género en su decisión.
"La gravedad y la naturaleza de los delitos, llevan a resolver los casos ocurridos en el cuartel secreto de la DINA, Venda Sexy, con una perspectiva de género, ya que ellos constituyen una forma de violencia contra la mujer y un cumplimiento a los estándares internacionales en temas de género", señaló Carroza.
"La DINA mantuvo durante 1974 y 1975 diferentes recintos encubiertos, con el propósito de mantener en ellos recluidos y privados de libertad a personas partidarias de partidos políticos o movimientos que siguieron al Gobierno (de Salvador Allende) depuesto antes de ejecutarse el Golpe de Estado y su condición, en dichos lugares, fue la de prisioneros políticos", agregó el ministro.
Aplicación de perspectiva de género
De los diez prisioneros políticos, seis eran mujeres, quienes fueron víctimas de apremios sexuales por parte de los exagentes. Tales ataques fueron cometidos en desamparo y de manera sistemática durante los interrogatorios a las que fueron sometidas.
Por lo tanto, estos violentos hechos obligan a "construir un tipo penal separado al de secuestro agravado, por constituir conductas que, en una mirada a los estándares internacionales, han de ser visibilizadas y exaltadas por su gravedad y deshumanización, toda vez que ellas instituyen una forma específica de violencia contra la mujer", manifestó Carroza.
Indemnización a las víctimas
Finalmente, en el ámbito civil, el fallo del ministro condenó al Estado chileno a pagar una indemnización de ochenta millones de pesos por concepto de daño moral a cada una de las víctimas.
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