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Bono por hijo: ¿Quiénes no tienen derecho a recibir el beneficio?

El Bono por Hijo es un beneficio monetario que entrega el Estado a las mujeres mayores de 65 años o más por cada hijo nacido vivo, ya sea biológico o adoptado, cuyo monto se suma para complementar la pensión mensual que recibe.

Cabe destacar que este aporte no constituye una transferencia directa a la beneficiada, sino que su pago se suma directamente al saldo de la cuenta de capitalización de la madre solicitante, gracias a lo cual el monto de la pensión sube.

El monto del bono varía de acuerdo a cada situación, pues depende de la cantidad de hijos de la mujer y sus respectivas fechas de nacimiento, así como también del ingreso mínimo vigente en la fecha. Así las cosas, el cálculo quedaría de la siguiente forma:

  • Si tu hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de su nacimiento.
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¿Quiénes no tienen derecho a recibir el beneficio?

Para acceder al beneficio, debes cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Residir en territorio chileno por un periodo de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Además, tienes que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
  • No recibir pensiones, en calidad de titular, de Capredena, Dipreca, ni de las ex Cajas de Previsión (hoy agrupadas en el IPS).

De esta forma, las mujeres pensionadas por una ex caja de previsión, Capredena o Dipreca no tienen derecho a recibirlo, independiente de si cumplen el resto de requisitos.