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Préstamo Solidario 2021: Conoce los pensionados que pueden acceder al beneficio

  • Por Meganoticias

El Préstamo Solidario 2021 consiste en un beneficio destinado a la Clase Media de nuestro país para apoyarla a enfrentar la crisis socioeconómica del coronavirus, ya que cubre hasta el 100% de la caída en ingresos, con un tope de $650.000.

Puede ser solicitado en dos ocasiones, pero excepcionalmente se autoriza una tercera si es que el solicitante no califica para el Bono Clase Media o decide no utilizarlo siendo beneficiario. No se requiere de ningún documento para postular a él, pero sí es importante contar con Clave Única o Clave Tributaria, otorgada por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Además de los sectores medios, el beneficio también puede ser obtenido por los pensionados que cumplan ciertos requisitos, quienes recibirán un monto distinto al máximo establecido de $650 mil.

¿Qué pensionados pueden recibir el beneficio?

Según la ley que establece el Préstamo Solidario 2021, los que pueden recibir el aporte estatal son los pensionados de vejez e invalidez acogidos a la modalidad de renta vitalicia, equivalente a un monto igual o inferior a $408.125.

El pensionado bajo esta modalidad podrá solicitarlo por un máximo de tres oportunidades en meses distintos, continuos o discontinuos, a contar del octavo día de cada mes y hasta el último día del sexto mes contado desde la entrada en vigencia de la legislación.

Por lo tanto, tanto la Clase Media como los pensionados, podrán pedir el Préstamo Solidario a contar del sábado 8 de mayo. Luego, dentro del plazo de diez días hábiles, obtendrán el dinero durante la tercera semana de aquel mes.

¿Qué monto recibirán?

A diferencia de la Clase Media, que puede solicitar un préstamo con tope de $650.000, en el caso de los pensionados el monto ascenderá como máximo al monto que recibe mensualmente por su pensión bajo la modalidad de renta vitalicia.

El pago del préstamo para pensionados

El total del monto se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorería, en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas expresadas en UF, sin multas ni intereses, que comienzan a ser pagadas desde enero de 2023.

En ese sentido, la AFP o la institución que paga la pensión bajo modalidad de renta vitalicia deberá retener del monto de dicha renta el valor de la cuota correspondiente. Cabe consignar que el valor de cada una de las cuotas no excederá el 5% del monto de la pensión que reciba el beneficiario.

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