Fiscalía de Los Ríos obtiene prisión preventiva de alcalde de Río Bueno y de empresario constructor por delitos de corrupción

¿Qué pasó?

La Fiscalía Regional de Los Ríos obtuvo la prisión preventiva del alcalde de Río Bueno, Luis Reyes Álvarez, y del empresario constructor Héctor Meza, formalizados por delitos de corrupción relacionados con procesos de licitación municipal.

El Juzgado de Garantía de Río Bueno decretó esta medida cautelar por considerar que la libertad de ambos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, en el caso del alcalde, también para el éxito de la investigación.

Durante la audiencia, el tribunal dio por acreditada, para efectos de esta etapa procesal, la existencia del delito de cohecho agravado reiterado y lavado de activos atribuidos al alcalde, quien habría recibido pagos de tres proveedores a cambio de favorecerlos en procesos de licitación municipal.

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Detalles del monto recibido por el alcalde

Asimismo, estimó configurado el delito de soborno respecto del empresario Héctor Meza. Al fundamentar su resolución, el tribunal destacó que las conductas atribuidas al jefe comunal afectan la confianza pública, la probidad administrativa y la correcta administración de los recursos públicos.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía de Los Ríos, el jefe comunal habría recibido al menos $36.360.000 en beneficios económicos indebidos de empresarios y contratistas, a cambio de favorecerlos mediante actuaciones contrarias a sus deberes funcionarios.

De ese monto, $27.860.000 corresponderían a pagos del empresario que quedó en prisión preventiva. La Fiscalía también detectó cerca de $90 millones en depósitos en efectivo en la cuenta personal del alcalde, cuyo origen no ha sido identificado.

En la misma audiencia, el tribunal decretó medidas cautelares de menor intensidad para la conviviente del alcalde, también formalizada en esta investigación.

Durante la jornada del martes, otros tres imputados habían quedado sujetos a distintas medidas cautelares, entre ellas arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y firma periódica, además de prohibiciones de comunicación.