La Haya: Chile mantiene 80 millas y pierde territorio marítimo
Dos horas exactas duró la lectura del fallo por parte del presidente de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Peter Tomka.
Según indicó el magistrado, los primeros dos Tratados Internacionales de 1947 y 1952 fueron desestimados. Sin embargo, en base al Convenio de 1954 se logró establecer que existían límites marítimos.
Además, la Corte desestimó el argumento limeño de que Convenio de 1954 sólo fijara la frontera entre Perú y Ecuador.
Las conclusiones del Tribunal de La Haya fueron las siguientes:
1.- “La Corte por 15 votos a 1 deciden que el puto de inicio de la frontera marítima única que delimita las respectivas zonas marítimas entre la República del Perú y la República de Chile es ña intersección del paralelo de latitud que pasa por el Hito de frontera 1 por la línea de marea baja”.
2.- “Por 15 votos a 1 decide que el segmento inicial de la frontera marítima única sigue en dirección oeste el paralelo de latitud que pasa por el hito de Frontera 1”.
3.- "Por 10 votos a 6 decide que dicho segmento inicial se extiende hasta un punto, el punto A, situado a una distancia de 80 millas marinas del punto de inicio de la frontera marítima".
4.- "Por 10 votos a 6 decide que a partir del punto A, la frontera marítima única continuará en dirección suroeste, siguiendo la línea equidistante entre las costas de la República del Perú y la República de Chile, calculado desde dicho punto hasta su intersección, en el punto B, con el límite de las 200 millas marítimas medidas desde las líneas de base a partir de las cuales se calcula el mar territorial de la República de Chile. A partir del punto B, la frontera marítima única continuará en dirección sur siguiendo ese límite hasta llegar al punto de intersección, punto C, de los límites de las 200 millas marinas calculados desde las lineas de base a partir de las cuales se miden las respectivas aguas territoriales de la República del Perú y de la República de Chile".
5.- "Por 15 votos a 1, decide que por los motivos expuestos en el párrafo 189 supra, no procede que la corte se pronuncie sobre el segundo punto del alegato final de la República de Perú".
Por otra parte, el presidente de sindicato de pescadores de Arica declaró que la sentencia es "lo menos dañino para la pesca artesanal", pues explicó que quedaron "conformes porque pensamos que sería un fallo más adverso”.
No obstante señaló que de todas formas van a marchar, ya que perdieron un pedazo de mar y que van a pedir medidas de mitigación.