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Bono Invierno: ¿Qué pensionados no pueden recibirlo?

Por estos días continúa pagándose el Bono Invierno, el beneficio que consiste en un monto único de $77.982 a los adultos mayores de 65 años o más que reúnan los requisitos.

El aporte se está otorgando desde el pasado jueves 2 de mayo por parte del Instituto de Previsión Social (IPS). El día de pago coincide precisamente con la jornada en que el usuario recibe su jubilación, así que el beneficiario no debe realizar ninguna gestión para exigir la bonificación.

Todo sobre Bono Invierno

Así como hay pensionados que tienen derecho al bono, también hay personas que no pueden acceder a él, ya que se encuentran en una determinada posición que les impide ser receptores del dinero.

¿Quiénes son los beneficiarios del Bono de Invierno?

Además de tener cumplidos los 65 años al 1 de mayo de 2024, el Estado clasifica a los destinatarios del bono en tres principales grupos, los que corresponden a los siguientes:

Grupo 1: beneficiarios de pensiones contributivas

Entiéndase como pensiones contributivas las que reciben los afiliados a las siguientes entidades, siempre que perciban una jubilación inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez, fijada en $212.406:

  • Instituto de Previsión Social.
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Capredena.
  • Dipreca.
  • Mutualidades de empleadores.
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Grupo 2: beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal

Los beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) serán receptores del Bono Invierno, siempre que no tengan derecho a otra pensión en algún régimen previsional.

Grupo 3: beneficiarios de pensiones especiales de reparación

Son pensiones especiales de reparación:

  • Pensión de reparación a víctimas de prisión política y tortura.
  • Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos.
  • Pensión no contributiva de exonerados políticos.

¿Quiénes no tienen derecho a recibir el Bono Invierno?

Según explica ChileAtiende, adicional al hecho de no integrar alguno de los tres grupos anteriormente descritos, no pueden ser beneficiarios del Bono Invierno las personas que "reciben más de una pensión, incluido el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y las pensiones de gracia

Eso sí, está la excepción de que si la suma de esas pensiones recibidas es igual o menor a una pensión mínima de vejez (212.406), sí tendrá derecho a la bonificación.

Asimismo, otros que no tienen derecho a recibir el pago único de $77.982 son:

  • Los titulares del Subsidio de Discapacidad (por no estar contemplados en la ley y porque no cumplen con el requisito de edad, que es ser menor de 18 años).
  • Los titulares de la indemnización del carbón (por no estar contemplados en la ley). Si estos titulares reciben otra pensión, "tampoco pueden acceder al Bono Invierno, a pesar de que sumen menos del tope definido", señala el organismo estatal.
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