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Trabajador fue despedido por su orientación sexual y ahora la empresa le deberá pagar más de $20 millones

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la denuncia de tutela de derechos fundamentales realizada por un trabajador en contra de la empresa de retail donde se desempeñaba, afirmando que la compañía incurrió en una discriminación al momento de su despido, debido a su orientación sexual.

De este modo, la magistrada Abigail Tapia Alarcón estableció que la empresa deberá pagarle al demandante más de $20 millones.

Lo habían ascendido antes de despedirlo

De acuerdo a la resolución del tribunal, "aparecen sospechas razonables" de que haya existido una vulneración de garantías constitucionales en el despido del trabajador, específicamente en lo que dice relación a la discriminación por orientación sexual.

Además, el fallo sostiene que la compañía no logró demostrar la justificación de la desvinculación, "ello en razón al cargo que ejercía el demandante a la fecha de terminación de los servicios, los años de servicios y más aún, el ascenso del cual había sido acreedor en el mismo año en que fue despedido".

El documento también indica que según lo relatado por testigos, la parte demandante era "objeto de preguntas invasivas sobre su vida privada, además de comentarios por sus compañeros de trabajado, lo que en la especie, se verificó, además de ideas preconcebidas sobre la apariencia y comportamiento que supuestamente ha de tener un hombre y una mujer".

Pago de más de $20 millones

"La parte demandante acreditó los indicios relativos a que el demandante era objeto de comentarios relativos a su vida privada y que se relacionaban con su orientación sexual, los cuales, conforme a los dichos de los testigos ya referidos, incluso fueron efectuados por trabajadores que ejercían cargos de jefatura, resultando temas de conversación entre los trabajadores la vida privada del demandante", afirma el fallo.

Teniendo en cuenta lo anterior, el tribunal ordenó el pago de los siguientes conceptos:

  • Indemnización especial del artículo 489 del Código del Trabajo, equivalente a seis remuneraciones por $12.910.350.
  • Recargo legal del 30% por $7.100.692.

"Atendido lo ya resuelto, se declara que el descuento efectuado por el demandado por concepto de aporte al seguro de cesantía resulta improcedente, debiendo efectuar devolución por $2.705.628", indica la resolución.

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