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Jiles por monto tope en proyecto de retiro del 100% AFP: "Es condición para que sea tramitado"

  • Por Meganoticias

Tras ingresar al Congreso el proyecto que permite el retiro del 100% de los fondos previsionales, Pamela Jiles (PH) explicó por qué incluyó $40 millones como monto máximo a extraer.

A través de sus redes sociales, la diputada indicó que se debió a una condición que permite que la iniciativa sea tramitada y aprobada.

“El monto tope es una condición para que sea tramitado y aprobado. Si no lo hubiera presentado así, no tendría viabilidad concreta y lo que queremos es que puedas retirar tus fondos hasta un 100%”, le respondió la parlamentaria en Twitter a un usuario.

Además, reiteró que "es condición por técnica legislativa para que sea puesto en tabla, tramitado y aprobado. Si logramos que se tramite, el monto tope puede modificarse".

En esa línea, afirmó que “se puede modificar cualquier parte del contenido de esta reforma, incluido el monto tope, pero eso es posible solo si se logra poner en tabla y tramitar, lo que no será fácil. Hay resistencia del Desgobierno, de gran parte de la clase política, de las AFP, de la banca, etcétera” (sic).

¿Qué dice el proyecto?

"Para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un retiro de hasta el 100 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 1350 unidades de fomento (casi $40 millones)", señala el documento.

En paralelo, el proyecto de la parlamentaria señala que "en el evento de que el 100 por ciento de los fondos acumulados sea superior a 1350 unidades de fomento, el afiliado solo podrá retirar hasta dicho monto".

Impuestos

En relación al pago de impuestos, el proyecto de Jiles mantiene la fórmula que ha utilizado en sus demás iniciativas de retiro de fondos.

"Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio", se lee en el documento.

Pese a lo anterior, hace la excepción del "derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión ye mbargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la Ley 21.254".

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