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Piñera promulga postnatal de emergencia: "Es una ayuda a la maternidad y a la familia"

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este viernes el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la ley que permite extender por tres meses la licencia de postnatal de emergencia como consecuencia de la pandemia de coronavirus.

¿Qué dijo Piñera?

El Mandatario señaló que "la pandemia de coronavirus nos ha golpeado a todos, pero en forma más dura han sido los efectos sobre las mujeres, trabajadoras y con hijos menores porque han tenido que enfrentar enormes dificultades para poder compatibilizar el mundo de la familia, el cuidado de los hijos con el mundo del trabajo".

"Adicionalmente, las restricciones que ha impuesto la pandemia, a las movilidades y libertades, ha dificultado el funcionamiento de las redes de protección familiares y comunitarias que ayudan a las madres en el cuidado de los hijos", añadió.

En esa línea, dijo: "Estoy convencido que esta ley que estamos promulgando hoy, es sin duda un apoyo y una ayuda a la maternidad, porque ayuda a cuidar los hijos, y a la familia, porque compatibiliza mejor el mundo del trabajo con la familia".

"Este proyecto contó con un amplio y sólido apoyo de los parlamentarios, cosa que sin duda agradecemos y también lo agradecen las madres que se van a ver beneficiadas con esta iniciativa", expresó.

¿En qué consiste la ley?

Este jueves la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que otorga prestaciones excepcionales a los trabajadores dependientes, independientes y del sector público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.

Esta iniciativa establece que durante el estado de excepción constitucional de catástrofe, las y los trabajadores que sean padres, madres y cuidadores de niños o niñas menores de 2 años, que hayan hecho uso de una o más Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP) y que no puedan volver a sus labores por motivos del cuidado, podrán acogerse a la suspensión del contrato de trabajo.

Los beneficiarios podrán percibir, hasta por los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% del subsidio por incapacidad laboral cuando hayan percibido una suma líquida mensual igual o inferior a $1 millón, y de un 70% o $1 millón, cuando hayan obtenido una suma superior a la cifra citada.

En caso que los recursos del Fondo de Cesantía Solidario sean insuficientes para financiar el total de la prestación, los trabajadores tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal para completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual derivado de la licencia médica preventiva parental.

Además, los trabajadores independientes que se encuentren en la misma situación, tendrán derecho a percibir un bono de cargo fiscal también por hasta tres meses y en las mismas condiciones que los anteriores. Este beneficio deberá ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social y no será imponible ni tributable.

Asimismo, los funcionarios del sector público y Fuerzas Armadas podrán acceder a un permiso sin goce de remuneración por un periodo máximo de hasta tres meses, durante el cual percibirán un bono mensual en montos y alcances similares a los dos casos anteriores.