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Alimentos, bebestibles, ropa de guagua: publican nuevo instructivo de bienes esenciales

  • Por Meganoticias

Desde el lunes 5 de abril, entró en vigencia la normativa sobre la prohibición de vender productos noesenciales, por lo que varios supermercados y tiendas de retail han tomado medidas de autorregulación.

Una gran cantidad de clientes que asistieron a aquellos recintos, denunciaron que varios pasillos, como electrodomésticos o productos de aseo, no pueden ser comprados, ya que estaban dentro de los artículos con prohibición de venta.

Nuevo listado de productos

Durante la tarde del martes y por diversas críticas a la implementación, el ministerio de Salud publicó un nuevo instructivo de desplazamiento que entrará en vigencia desde este miércoles 7 de abril.

En el documento, se entrega un nuevo listado de los productos que sí son esenciales para el diario vivir de los ciudadanos, específicamente en las comunas que están en Fase 1 y Fase 2 del plan Paso a Paso.

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

  • Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.
  • Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
  • Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
  • En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.
  • Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
  • Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.
  • Artículos para mascotas: alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
  • Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes: como mangueras,regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

  • Artículos electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
  • Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:

  • Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.
  • Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones,guateros, etc.
  • Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
  • Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
  • Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras,estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores,batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc. Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.
  • Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.
  • Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

  • Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas,carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.