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Tercer retiro 10%: los dineros que se podrán extraer según cada proyecto

  • Por Meganoticias

Los proyectos diseñados para los retiros de fondos desde las AFP fueron puestos en tabla para el próximo 24 de marzo en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, jornada en la que se comenzarán a discutir los distintos puntos de cada iniciativa y la posibilidad de fusionarlos para agilizar su tramitación, como ocurrió con las extracciones anteriores.

Hasta el momento hay cuatro iniciativas para sacar dinero desde los fondos AFP y uno desde la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). En cada caso hay leves diferencias respecto a los montos.

Montos para retiro de la AFP en cada proyecto

El más reciente proyecto permitiría extraer parte de los ahorros de las cuentas individuales de los afiliados con un un mínimo de $1.632.500 y un máximo de $4.400.000.

El diputado Jorge Durán (RN), quien ingresó la iniciativa, señaló que "las personas que sean propietarias de fondos previsionales regulados por un régimen de capitalización individual, cuyo financiamiento provenga de cotizaciones obligatorias y que no se hayan pensionado, tendrán derecho a retirar, por única vez, desde 5 ingresos mínimos mensuales ($326.500) hasta un máximo de 150 UF de su cuenta de capitalización individual".

Según consignó, esta acción sería efectiva solamente mientras exista el Estado de Catástrofe por calamidad pública.

Proyecto de Jiles

El proyecto presentado por la diputada del Partido Humanista Pamela Jiles plantea puntos similares al primer y segundo retiro: cifras de pago de hasta $4.300.000, retiro universal sin impuestos y pago forzoso para deudores de pensiones alimenticias.

Proyecto que contempla bono de reconocimiento

Los puntos que contempla el texto de Jiles también lo sostiene el proyecto del diputado Jaime Mulet (FRVS), quien además puso sobre la mesa que las personas con rentas vitalicias puedan retirar los fondos, agregando un bono de reconocimiento con la finalidad que sea el Estado el que se haga cargo de reponer el dinero retirado una vez que el afiliado haya jubilado.

Este bono se emitirá a nombre del afiliado o pensionado, y deberá ser abonado por el Estado bajo las modalidades:

  • En el caso de afiliados al sistema privado de pensiones y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.
  • En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente Administradora en el año en que se efectúe el retiro.
  • En el caso de los pensionados con modalidad de renta vitalicia, se abonará a la respectiva compañía en el plazo de 1 mes desde que se efectúe el retiro.

Proyecto del PPD 

También se encuentra la iniciativa para el retiro del 10% presentada por un grupo de diputados del PPD, encabezados por Raúl Soto, el pasado 4 de marzo.

El documento, declarado admisible, mantiene las ideas de los retiros anteriores, pero para sortear el Tribunal Constitucional (TC), en caso de que el Gobierno recurra a dicha instancia, proponen un cambio permanente a la Constitución, modificando el artículo 19, donde se trata la seguridad social e incorporando allí por única vez la posibilidad de retiro para los afiliados de AFP y rentas vitalicia.

Beneficia a los afiliados del sistema privado de pensiones que hayan optado por algún tipo de renta vitalicia, y mantiene similares características del primer y segundo retiro del 10%.

Proyecto de retiro del Seguro de Cesantía

En la vereda contraria, diputados de Chile Vamos tomaron la propuesta de Joaquín Lavín y presentaron en los últimos días un proyecto que permite el retiro de fondos desde la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Esta iniciativa establece que las personas podrían, de manera excepcional, recurrir al Seguro de Cesantía para mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia de coronavirus.

De esta manera, el proyecto permite a los afiliados "retirar hasta el 50 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias".

Establece "como monto máximo de retiro el equivalente a 1 millón de pesos y un monto mínimo de 400 mil pesos".

En caso que los afiliados no dispongan del monto mínimo en sus cuentas, "se complementará con el remanente con cargo al Fondo de Cesantía Solidario hasta completar el mínimo de retiro".

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