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Retiro de fondos de AFP: Quiénes podrían sacar dinero según el proyecto aprobado en la Cámara

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó? 

Este miércoles 15 de julio, la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto de ley que permite el retiro del 10% de los ahorros previsionales cuando el país se encuentra en estado de emergencia, para afrontar los problemas económico suscitados por la pandemia de coronavirus. 

El proyecto presentado por parlamentarios de oposición ahora seguirá su trámite legislativo en el Senado, donde se discutirá para posteriormente ser votado, algo que sucedería probablemente en la próxima semana.

¿Qué dice el proyecto?

En concreto, la iniciativa plantea la posibilidad de que los afiliados retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales, estableciendo, además, un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).

No obstante lo anterior, el texto señala que en el caso que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá sacar hasta dicho monto, mientras que si su ahorro no supera las 35 UF, el cotizante podrá retirar la totalidad de su saldo.

¿Quiénes podrían acceder?

Al menos el texto aprobado durante la jornada de miércoles por la Cámara no establece tramos ni distinciones entre los cotizantes que podrían acceder al retiro de fondos, por tanto, todo aquel que tenga dinero en su cuenta de capitalización individual podría hacer efectivo su derecho. 

Esto, siempre y cuando se respeten el monto mínimo y máximo de retiro por parte de los afiliados. No obstante lo anterior, durante las fases de tramitación que le restan a la iniciativa, esto podría cambiar, acotándose el universo de personas contempladas para el retiro de dinero. 

¿Cómo se devolvería el dinero?

Al haberse rechazado la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el que estaría encargado del financiamiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten tras los retiros de los afiliados, será tarea del Senado establecer el mecanismo de restitución de los fondos o, por ejemplo, encargar lo anterior a una ley posterior. 

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