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Retiro de fondos AFP: Sigue en vivo el debate en la Cámara de Diputados

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este martes comenzó en la Cámara de Diputadas y Diputados la discusión en particular del proyecto que permite el retiro de parte de los fondos de AFP en el escenario de un Estado de Catástrofe, lo que para estos efectos se destinará para paliar la crisis económica derivada del coronavirus, moción que el pasado jueves 9 de julio fue aprobada en la comisión de Constitución con dos indicaciones.

¿Cuándo será votado y cuántos votos necesita para su aprobación?

El debate de la reforma constitucional se encuentra en el segundo lugar de la tabla de este martes y para avanzar en el Congreso necesita, en la votación que se realizará el miércoles, el sufragio conforme de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio.

Revisa acá el debate

¿En qué consiste el proyecto?

El proyecto establece que los afiliados al sistema privado de pensiones podrán retirar por una única vez hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

Esto quiere decir, que se podrá retirar un monto máximo de 150 UF (4 millones 300 mil pesos aproximadamente) y un mínimo de 35 UF (un millón de pesos), para paliar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública decretado a causa del coronavirus.

En caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad del monto acumulado en dicha cuenta.

¿Cómo se recibirán los montos?

  • El 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a que pertenezca el afiliado.
  • El 50% restante, en el plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.

Retiro será pagado de forma íntegra

La primera de las enmiendas aprobadas por la comisión de Constitución el pasado jueves tiene que ver con que el fondo retirado, no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, por lo tanto, serán pagados de forma íntegra y no estarán afectos a comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Cabe señalar, que en el proyecto original aprobado en Sala el miércoles pasado, no hacía referencia a dicha situación.

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