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Declaran preemergencia ambiental en Talca, Maule y Curicó

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La Intendencia de la Región del Maule declaró preemergencia ambiental para este jueves, en las comunas de Talca, del Maule y Curicó, además del sector poniente de Romeral, debido a la calidad del aire pronosticada para la jornada.

Preemergencia en Talca y Maule

El Ministerio de Medio Ambiente detalló que en Talca y Maule se prohíben humos visibles provenientes de viviendas, entre las 18:00 horas y las 06:00 horas, exceptuando un periodo máximo de 15 minutos continuos para el encendido de los artefactos.

En esa misma línea, no podrán funcionar, durante todo el día, las calderas con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt que presenten emisiones mayores a 30 mg/m³N de material particulado.

Además, durante 24 horas estará prohibido el funcionamiento de hornos y calderas a leña o carbón con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt.

Restricciones permanentes en Talca y Maule

  • Se prohíbe utilizar chimeneas de hogar abierto.
  • Se prohíbe quemar en los calefactores: carbón mineral, maderas impregnadas, residuos o cualquier elemento distinto a la leña, briquetas o pellets de madera.
  • Se prohíbe la quema al aire libre, en la vía pública o recintos privados, de hojas secas, restos de poda y todo tipo de residuos.
  • Se prohíbe la quema de rastrojos, y de cualquier tipo de vegetación viva o muerta, en los terrenos agrícolas, ganaderos o de aptitud forestal, en un radio de 5 km desde el límite urbano de las comunas de Talca y Maule, entre el 1 de marzo y 30 de septiembre.
  • Se prohíbe el uso de cocinas a leña y calefactores a leña del tipo salamandras y hechizos.

Preemergencia en Curicó

En cuanto a Curicó, el Ministerio señaló que también se prohíben humos visibles provenientes de viviendas, entre las 18:00 horas y las 06:00 horas, exceptuando un periodo máximo de 15 minutos continuos para el encendido de los artefactos.

Tampoco podrán funcionar, durante ese mismo horario, las calderas a leña o carbón mineral con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt y de hornos a leña o carbón vegetal.

Finalmente, entre las 18:00 y 06:00 horas, se prohíbe el funcionamiento de calderas industriales y de calefacción, con una potencia igual o mayor a 75 kWt y que presenten emisiones mayores o iguales a 30 mg/m3N de material particulado.

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