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Retiro fondos AFP: La Cámara discute y vota proyecto que permite obtener 10%

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó? 

Este miércoles se discute y luego vota en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de reforma constitucional que permite retirar hasta el 10% de los fondos de pensiones para enfrentar la crisis económica a causa del coronavirus.

En la sesión, que se inicia a las 10:00 horas y se extenderá hasta las 16:00, se necesitan tres quintas partes de los diputados en ejercicio para ser aprobada, es decir, 93 votos a favor (síguela en vivo).

Modificación a la Carta Fundamental

Este proyecto pretende modificar la Carta Fundamental para incorporar como parte del derecho a la seguridad social, la facultad de los afiliados a un sistema de capitalización individual, de retirar parte de sus fondos previsionales, durante la vigencia de un Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe.

¿En qué consiste el proyecto?

La iniciativa establece que de manera excepcional y para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, se autorizará a los afiliados del sistema privado de pensiones y por única vez, a retirar hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

En cuanto a los montos, el proyecto señala que se podrá retirar un máximo de 150 UF (4 millones 300 mil pesos aproximadamente) y un mínimo de 35 UF (un millón de pesos).

En caso que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. Mientras que en el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF se podrá retirar hasta la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

¿Cómo se entregarán los fondos?

Según la iniciativa, los fondos acumulados y autorizados se podrán retirar de la siguiente manera:

  • El 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a que pertenezca el afiliado.
  • El 50% restante, en el plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.

Creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones

La iniciativa además crea un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones que se financiará con aportes, tanto de los empleadores como del Estado y cuyo objetivo será financiar bajo criterio de progresividad los complementos de pensiones que serán necesarios producto de los montos retirados conforme al derecho que establece esta disposición transitoria.

Por lo anterior, el Presidente de la República, en el plazo de un año desde publicada la reforma, enviará un mensaje al Congreso Nacional para proponer la forma y financiamiento de este fondo.

¿Quién administra este fondo?

Asimismo, la administración de este fondo estará a cargo de una entidad pública y autónoma de forma directa y solidaria, para que al momento de la jubilación complemente la pensión.

Esta entidad además deberá velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado.

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