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¿Quiénes podrían salir de la cárcel tras el veto al proyecto de indulto conmutativo?

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este jueves el Gobierno anunció que presentará un veto aditivo para la iniciativa que permite a los reos cumplir el resto de sus condenas bajo arresto domiciliario, como una medida preventiva ante la emergencia sanitaria por coronavirus

Esto con el objetivo de que la ley pueda ser aplicada permitiendo sancionar a quienes incumplan este beneficio, ya que la Cámara de Diputados rechazó el informe de la Comisión Mixta, el cual contemplaba la norma que permitía a Gendarmería controlar los cumplimientos de arresto domiciliario.

¿Quiénes podrán acceder al indulto conmutativo?

De ser aprobado el veto presidencial, podrán acceder a indultos generales conmutativos los hombres mayores de 60 años y las mujeres mayores de 55. Además, contempla a embarazadas o madres de hijos menores de dos años de edad, quienes podrán cumplir lo que les quede de pena bajo arresto domiciliario total.

El primero de estos grupos (hombres mayores de 60) deberá tener cumplida la mitad de su sentencia y que les reste un saldo igual o inferior a 36 meses, mientras que para el caso de las mujeres en la situación descrita, se exigirá un tercio de ella y la misma cantidad de meses de saldo. Para los mayores de 75, en tanto, no habrá exigencias de este tipo.

Penas de reclusión parcial

El proyecto establece que se contempla un indulto general conmutativo a todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo las penas de reclusión parcial nocturna en establecimientos penitenciarios, y a quienes, cumpliendo una pena privativa de libertad, se encuentran gozando del beneficio de salida controlada.

Exclusión de delitos graves

La iniciativa original establece la exclusión del beneficio a quienes se encuentran condenados por delitos que representan un atentado a los bienes jurídicos más importantes para la sociedad (la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad e indemnidad personal y la propiedad) y por delitos de lesa humanidad o genocidio.

A esto se suman la exclusión que incorporó el Gobierno en el veto, donde también se contemplan a las personas que han sido condenadas por violencia intrafamiliar.