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Rechazan recurso de protección que buscaba que John O'Reilly ingresara a Chile

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el sacerdote irlandés John O'Reilly, quien fue expulsado de Chile tras ser condenado como autor del delito reiterado de abusos sexual contra una menor de edad del colegio Cumbres.

De este modo, de forma unánime, la Corte falló a favor del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, manteniendo al religioso con prohibición de ingresar al país.

¿Qué dice el fallo?

"Si bien nadie puede ser privado del derecho de ingresar al territorio nacional, a circular por el mismo, a residir en él con sujeción a las disposiciones legales, y a salir libremente del país, sin embargo, el ejercicio de tales derechos puede ser restringido en virtud de la ley, como medida indispensable, entre otras razones para la protección de la moral o de los derechos y libertades de los demás", sostiene la resolución.

El fallo agrega que: "en este sentido, John Joseph Reilly ha sido condenado por el delito reiterado de abuso sexual a menor de edad, y además de la pena privativa de libertad impuesta de cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo; entre las penas accesorias, se resolvió condenarlo a la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad".

Cabe destacar que el artículo 15 de la Ley de Extranjería le prohíbe el ingreso al país a los extranjeros que "ejecuten actos contrarios a la moral o a las buenas costumbres'.

Interés superior del niño

En ese sentido, la resolución indica que:"la medida de restricción ambulatoria se ajusta al estándar de proporcionalidad, al considerar aquel principio orientador del 'interés superior del niño', lo que resulta suficiente, no obstante que la causal de impedimento del Nº 6 de ese mismo artículo 15, carezca de requisitos formales para invocarla, como lo es el requisito exigido por la norma de la existencia del Decreto Supremo correspondiente".

Por tanto, concluye: "Que se rechaza el recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública".

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