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Fiestas Patrias: El porqué de las celebraciones y lo que dice la ley al respecto

  • Por Rodrigo Miño

El 18 de septiembre es una de las celebraciones más esperadas por los chilenos, gracias a que la fecha es significado de más de un día de descanso legal. Para este 2019, las festividades se extenderán durante cinco jornadas, por lo que los planes para compartir en familia o con seres queridos, en Chile o el extranjero, aumentan.

Sin embargo, aún existe desconocimiento o de cuál es el verdadero motivo de las Fiestas Patrias, desde cuándo se conmemora el evento y qué dice la Ley sobre este acontecimiento.

(Celebración Fiestas Patrias en 1859 / Memoriachilena.cl)

¿Qué dice la Ley?

De acuerdo a la Ley 20.215, promulgada el 10 de septiembre de 2017 bajo la presidencia de Michelle Bachelet, "en cada año calendario que los días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles, respectivamente, o miércoles y jueves, respectivamente será feriado el día lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso".

Ambas jornadas mencionadas tienen carácter irrenunciable, es decir, aplica como día inhábil para todos los trabajadores, comercio incluido, siempre y cuando estos no presten servicios en lugares de entretenimiento como restaurantes, cines ni estén ligados a espectáculos en vivo.

Una Primera Junta que defendía al rey

Las Fiestas Patrias de Chile corresponde al aniversario que celebra la Junta Provisional Gubernativa del Reino, más conocida como Primera Junta Nacional de Gobierno, y que ocurrió en el antiguo edificio del Real Tribunal del Consulado de Santiago el martes 18 de septiembre de 1810.

El evento tuvo como objetivo determinar medidas defensivas por parte de la aristocracia para administrar la, en ese entonces, Capitanía General de Chile, debido a l a captura del rey Fernando VII de España por parte de José Bonaparte.

Este cabildo abierto si bien continuó mostrando fidelidad a la monarquía española, marcó un hito en cómo las personas nacidas en el territorio podían ejercer autonomía en determinadas acciones.

"(...) Y a ejemplo de lo que hizo el señor gobernador de Cádiz, depositó toda su autoridad en el pueblo para que acordase el Gobierno más digno de su confianza y más a propósito a la observancia de las leyes y conservación de estos dominios a su legítimo dueño y desgraciado monarca, el señor don Fernando Séptimo [...] defender al reino hasta con la última gota de su sangre, conservarlo al señor don Fernando Séptimo y reconocer al Supremo Consejo de Regencia [...] Todos los cuerpos militares, jefes, prelados, religiosos y vecinos juraron en el mismo acto obediencia y fidelidad a dicha junta instalada así en nombre del señor Don Fernando Séptimo, a quien estará siempre sujeta", dice parte del Acta de la Junta Gubernativa.

Finalmente, el cabildo funcionó hasta el 4 de julio de 1811, cuando fue instaurada la apertura del Primer Congreso Nacional.

(Transcripción Acta de la Primera Junta Nacional de Gobierno / Archivo Nacional)

Decreto como celebración oficial

Fue entonces cuando el 18 de septiembre marcó una fecha importante en la historia del reino de Chile, y que para el primer aniversario de aquel día se conmemoró con distintas actividades, entre las que se destaca el Te Deum en la Catedral de Santiago.

Posteriormente, y tras varios sucesos ocurridos en el proceso de independencia, fue decretado por Ley tres feriados civiles relacionados a dicho proceso: 12 de febrero, 5 de abril y 18 de septiembre.

Con el paso de los años, los distintos gobiernos fueron decretando normativas que iban parchando vacíos o reformulaciones con respecto al significado de las jornadas, siendo en 1837 cuando se instauró la fecha como fiesta de independencia y el concepto de Fiestas Patrias. Esto en respuesta a que este día era el que tenía menor objetividad de emancipación.

(Presentación artística en un desfile de Fiestas Patrias en 1980 / Memorias del Silo XX)

Sin embargo, fue el 28 de enero de 1915, durante el gobierno del expresidente Ramón Barros Luco, cuando se promulgó la Ley 2.977, cuyo artículo 1° decreta como día feriado "el 18 de septiembre, en conmemoración de la Independencia Nacional", convirtiéndose así en la primera instancia legal donde se le daba motivo a la fecha.

La normativa también reconoce el 19 del mismo mes como feriado en celebración a las Glorias del Ejército. Esto luego de que por tradición los soldados y funcionarios de las Fuerzas Armadas salían a celebrar las Fiestas Patrias durante esta fecha.